143 menores de familias conflictivas fueron atendidas por el PEF

Publicado: 07/09/2018
El 36% de los expedientes registrados en el Punto de Encuentro Familiar en este primer semestre son derivados por juzgados de Violencia contra las Mujeres
El Punto de Encuentro Familiar (PEF) de Sevilla atendió du-rante el primer semestre de este año a 143 menores de edad, según el balance de este recurso público que gestiona la Consejería de Justicia e Interior y al que llegan por derivación judicial casos de progenitores en procesos y situaciones de interrupción de la convivencia familiar con una alta conflictividad. 

Durante los seis primeros meses de 2018, el PEF de esta provin-cia tramitó un total de 118 expedientes, 25 de ellos (el 21%¬) deriva-dos por juzgados de violencia de género y en los que había 13 menores afectados por las medidas de protección adoptadas judicialmente.

Todas las capitales de provincia, además de Algeciras, Jerez y Marbella, cuentan con Puntos de Encuentro, constituidos como un es-pacio idóneo y neutral para garantizar el derecho esencial de los menores de edad a relacionarse con sus progenitores y familiares. De esta forma, se hacen posible los regímenes de visitas, comunicación y estancia de estos menores con los progenitores o familiares que no dis-pongan de su custodia, determinados por los órganos judiciales. 

Para estos casos de violencia de género, en los PEF se adoptan medidas que evitan el contacto entre agresor y víctima, además de fi-jar un protocolo horario que garantiza en todo momento el cumpli-miento de las medidas judiciales impuestas a la persona investigada o penada. 

Los PEF cuentan con un equipo técnico multidisciplinar forma-do por psicólogos, pedagogos, trabajadores sociales y educadores, espe-cialmente formados para la atención de casos de conflictividad fami-liar.

La Junta de Andalucía puso en marcha en el año 2009 los Puntos de Encuentro Familiar, donde se facilita un servicio temporal, excepcional y de carácter gratuito, con el objetivo de propiciar la normalización de la convivencia familiar. La duración de la inter-vención está limitada a un período máximo de 18 meses, prorrogable mediante resolución del órgano judicial correspondiente. 

Además, en estos recursos se ofrece orientación psicosocial indi-vidual y familiar para que las personas usuarias puedan mejorar sus relaciones y superen la situación de conflicto familiar que motivó la derivación judicial a los PEF. 

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