Tras las declaraciones de Chaves y Griñán- se evidencia que se tiró por elevación estratosférica a ver que pieza caía. Por lo que respecta a la responsabilidad política los objetivos de los tiradores se alcanzaron hace mucho. Ninguno de los que se sientan ante el tribunal sevillano dispone de cargo político. Se sustanció pues, con creces, cualquier responsabilidad.
Las responsabilidades que se juzgan son las penales y no pasan el mínimo filtro de la más estricta delincuencia. Un magistrado del Tribunal Supremo dictaminó sobre una absuelta alcaldesa popular de Jerez algo que deja este caso a una distancia sideral: “No es exigible que el alcalde presidente de un ayuntamiento como el de la ciudad de Jerez contraste y coteje con cada expediente todas y cada una de las decisiones o acuerdos que firma".Los presidentes de la Junta de Andalucía tienen un nivel muy superior de responsabilidad como para ser los responsables de todos los expedientes que se tramitan en la Junta de Andalucía. Sus imputaciones han sido una gran mascarada.
Se procedió a una causa general que comenzó con la negación de la potestad del Parlamento de Andalucía para regular las ayudas sociolaborales. Una jueza hasta pidió los diarios de sesiones de la Comisión de Economía y Hacienda. Por si había leyes ilegales… El demostrado hallazgo de falsos prejubilados,el exceso de las comisiones cobradas por intermediarios y aseguradoras y las ayudas arbitrarias deben perseguirse hasta el final, pero no afectan –penalmente- a los presidentes de la Junta. No era su nivel de decisión.Si todo era un confabulado artificio ilegal ¿Por qué no se piden las devoluciones a los 7.000 perceptores? El “Fiat iustitia et pereatmundus” vale para que los corruptos paguen por los delitos y para que los jueces respeten escrupulosamente el ordenamiento jurídico porque todos somos siervos de la ley.
El citado auto del Supremo establece que el delito de prevaricación exige más que la pura constatación de la firma en una resolución objetivamente arbitraria e injusta. El juez considera obvio el principio de confianza en la labor de los escalones previos al ámbito decisional y califica de “creíble” el testimonio de la absuelta de Jerez sobre su desconocimiento de “toda esa trastienda de la que emana un fuerte aroma a irregularidades, tráfico de influencias o decisiones opacas y, dicho castizamente, caciquiles…”. Pero los presidentes es que no firmaron absolutamente nada. ¡Qué gigantesca ley del embudo!