El Defensor del Pueblo Andaluz,
Jesús Maeztu, presentará este jueves ante el Parlamento los resultados de su informe
Morir en Andalucía. Dignidad y Derechos, en el que se advierte "determinadas carencias, insuficiencias e inequidades" que imposibilitan que los andaluces disfruten por igual de los derechos recogidos en la Ley 2/2010, de Derechos y garantías de la
dignidad de la persona en el proceso de la muerte.
El Defensor del Pueblo reconoce el "esfuerzo considerable" que ha hecho la administración sanitaria para atender a las personas que afrontan una
enfermedad terminal y a sus familiares. Pero ese esfuerzo ha sido insuficiente, en opinión de Maeztu. Muchos pacientes que requieren cuidados paliativos, concluye el Defensor del Pueblo en su informe, fallecen sin llegar a recibirlos.
Entre las principales carencias que recoge el informe, destaca que la actual distribución territorial de los recursos que conforman el sistema de cuidados paliativos provoca "
situaciones de discriminación entre territorios".
Las zonas rurales resultan especialmente "perjudicadas", ya que quienes viven en ellas tienen limitado, frente a quienes residen en núcleos urbanos, el acceso a los recursos avanzados de
cuidados paliativos. En muchos casos no se pueden plantear la posibilidad, recogida como derecho en la Ley 2/210, de recibir la asistencia en su propio domicilio.
Otro de los puntos sobre los que el Defensor del Pueblo pone el dedo es de la atención paliativa de los
menores de edad, "uno de los aspectos más deficitarios" del sistema. "Nos preocupa que no esté resuelta la atención del paciente pediátrico en el domicilio, lo que determina que un porcentaje muy elevado de niños y adolescentes fallezcan en hospitales, en contra de sus deseos y los de sus familias".
También falla en cuanto al derecho de los pacientes en situación terminal al acompañamiento de sus familiares y a la
confidencialidad. Su cumplimiento está condicionado por el lugar en el que los mismos permanezcan, y con frecuencia se incumple cuando los pacientes se encuentran en la UCI o en urgencias.
Por otro lado, el derecho de los pacientes en situación terminal a ocupar habitaciones individuales se incumple, especialmente en momentos de especial demanda asistencial. "Es un derecho garantizado, que no puede quedar
condicionado por las circunstancias".