El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ha anulado, a instancias de la Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (APIA), las instrucciones de julio de 2016 sobre horarios dictadas por la Secretaría General de Educación y Formación Profesional de la Junta de Andalucía.
Este fallo judicial considera nulos todos los horarios aprobados durante el pasado curso 2016/2017, según ha informado hoy un comunicado de APIA.
La sentencia del TSJA, fechada el pasado 7 de julio, considera ilegal la modificación de la Orden de 20 de julio de 2010, que regulaba, entre otros aspectos, el horario del profesorado de la enseñanza pública andaluza e incrementó "de manera temeraria" el número de grupos a cargo de cada profesor de guardia, y ordenó "de una forma completamente arbitraria, que la"tutoría electrónica se incluyera en el horario irregular, según APIA.
Esta asociación de profesores recuerda que las instrucciones sobre horarios docentes ahora anuladas se adoptaron por la fijación, por parte de la Consejería de Educación, de "la permanencia regular semanal en una máximo de 25 horas, sin acometer simultáneamente la obligada disminución proporcional de su componente lectivo, lo que hacía materialmente imposible cuadrar un horario con todas las garantías legales".
APIA ha recordado hoy que antes de que los nuevos horarios estuvieren confeccionados y el periodo lectivo hubiera comenzado, solicitó la suspensión de las instrucciones ahora anuladas, "habida cuenta de los perniciosos y graves efectos, prácticamente irreparables, que su aplicación pudiera acarrear, no encontrando aceptación por parte del tribunal, que, sin embargo, acaba de dictar sentencia anulando dichas disposiciones".
APIA recuerda a los profesores que se hayan visto afectados por este cambio de horario durante el curso 2016/2017 "que pueden hacer valer la sentencia del TSJA ante cualquier tribunal de instancia que esté entendiendo, en su caso, de asuntos de esa naturaleza".
También podrían instar las correspondientes demandas de responsabilidad patrimonial contra la Consejería de Educación ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en caso de haber sufrido un perjuicio objetivamente demostrable a consecuencia del desempeño de sus funciones de guardia en las ilegales condiciones impuestas.
APIA advierte a la Consejería de Educación y a los directores de instituto, con vistas a la confección de los horarios para el próximo curso de que "de ningún modo cabe aplicar las instrucciones anuladas, debiendo respetarse de modo escrupuloso lo prevenido en la Orden de 20 de agosto de 2010, tanto en lo que respecta a la proporción de profesores de guardia por grupos de alumnos, como a la ubicación de la tutoría administrativa o electrónica dentro del horario regular del profesorado".
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