Andalucía

Educación autoriza dejar de llevar a los niños al colegio por el calor

Se considerará "justificada" la falta de asistencia del alumnado al centro durante los días que restan para la finalización del periodo lectivo ordinario

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  • Calor. -
  • La Junta de Andalucía ha librado una circular destinada a los centros educativos
  • Podrán flexibilizar el horario del alumnado con la finalidad de adaptarse a las actuales circunstancias

La Dirección General de Ordenación Educativa de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha librado una circular destinada a los centros educativos en los que informa de que, dada la situación excepcional de "ola de calor" que se está sufriendo en todo el país y las altas temperaturas que se registran en algunos territorios de la geografía andaluza, se considerará "justificada" la falta de asistencia del alumnado al centro durante los días que restan para la finalización del periodo lectivo ordinario, siempre que haya sido comunicada por la familia del alumno.

En dicha circular, consultada por Europa Press, Educación, que se remite a la meta de garantizar el bienestar del alumnado al que atienden dichos centros, recuerda que la situación de calor no remite e incluso pueden alcanzarse temperaturas más elevadas en los próximos días, lo que entronca con los problemas de climatización puestos de manifiesto en algunas instalaciones educativas, que la Junta recuerda aludiendo al "sobrecalentamiento" producido en los edificios escolares.

De esta manera, con el fin de reforzar la adecuada atención al alumnado durante los días que faltan para la finalización del periodo lectivo ordinario en las presentes circunstancias, el departamento que encabeza Sonia Gaya señala que los centros docentes, en aplicación del principio de autonomía organizativa, podrán flexibilizar el horario del alumnado con la finalidad de adaptarse a las actuales circunstancias de temperaturas excepcionales.

Así, hasta la finalización del periodo lectivo ordinario, los centros docentes permitirán la salida del alumnado del centro a requerimiento de las familias, de acuerdo con la organización previa y los horarios de salida que se establezcan por el centro a estos efectos.

De las medidas organizativas adoptadas por el centro docente se informará al Consejo Escolar y, especialmente, a las familias mediante los procedimientos y cauces contemplados en el correspondiente plan de centro.

En todo caso, con independencia de las medidas organizativas adoptadas por el centro docente, "quedará garantizado el cumplimiento del horario general del centro, la evaluación del alumnado y la prestación de los servicios complementarios", culmina el oficio de Educación.

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