La Audiencia de Almería ha condenado a siete años y medio de prisión a un vecino de La Cañada, en la capital, que agredió sexualmente en, al menos, dos ocasiones a la hija menor de edad de un matrimonio con el que mantenía una relación de amistad, a quien además amenazó de muerte para que no revelase nada de lo ocurrido a sus padres.
La sentencia de la Sección Tercera, considera al acusado autor de un delito continuado y una falta continuada, respectivamente, por lo que le impone el pago de un multa de 15 días a razón de seis euros al día y el pago de una indemnización de 7.000 euros por los daños físicos y psíquicos causados a la pequeña, a la que no podrá acercarse a menos de 500 metros en doce años.
El hombre, quien solía frecuentar el domicilio de la menor, de diez años, al encontrarse trabajando para su progenitor, protagonizó dos ataques consecutivos en junio de 2007 contra ella mediante el uso de la fuerza y amenazas con las que la intimidaba y le ocasionaba un grave desasosiego que, sin embargo, consiguió vencer para relatarle a su madre lo que le estaba pasando.
El tribunal considera acreditado que, de madrugada y tras compartir una cena en el domicilio familiar de la niña, éste le siguió "con evidente ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos" hasta el cuarto de aseo y allí le propinó un fuerte golpe con la rodilla para desplazarla al patio interior, donde la agarró por la cintura y le tapo la boca con la mano.
La víctima comenzó poco después a llorar, por lo que cesó en los tocamientos no sin antes amenazarla con hacer daño a sus allegados si contaba algo. El fallo recoge también como un día antes, mientras ella jugaba a las cartas con su hermano de cuatro años y estaba en un garaje anexo a la vivienda, mandó a éste a por un vaso de agua para sentarla en sus rodillas e iniciar tocamientos.
El acusado, para el que el juez de instrucción decretó su ingreso en prisión provisional el mismo día en que se interpuso la denuncia, alegó ante la sala durante el acto de juicio que las "muestras de cariño" dadas a la hija de su jefe eran "siempre para despedirse de ella", algo que desacredita para el tribunal el testimonio "coherente y creíble" tanto de la pequeña, como de su madre y uno de los policías nacionales que intervino en el arresto, quien declaró que estaba "muy nerviosa, atemorizada y llorando".
Desestima en esta línea el tribunal que el relato de los hechos pudiese estar motivado por animadversión, venganza o resentimiento ya que define la relación entre agresor y víctima como de "cierta amistad" dada la relación laboral que éste mantenía con su progenitor y alude al sentimiento de temor generado en la niña.
El fiscal calificó en el trámite de informes como un delito de agresión sexual por el que interesó una pena de cuatro años de prisión frente a los ocho años solicitadas por el letrado de la acusación particular, quien pidió, de forma subsidiaria, la imposición de dos penas de cinco años de cárcel por dos abusos independientes.