Andalucía

Los préstamos para viviendas llegarán hasta el 80 por ciento

La entidad financiera tendrá un periodo máximo de dos meses para aprobarlo o no

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Los préstamos para las viviendas en venta incluidas en el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 tendrán una cuantía máxima del 80% del precio máximo de venta o adjudicación fijado en la calificación provisional de vivienda protegida y la entidad financiera tendrá un plazo de dos meses para aprobar o denegar la operación de concesión del préstamo desde la recepción de la documentación “salvo circunstancias especiales”.
Según el borrador de convenio entre la Junta y las entidades de crédito para financiar actuaciones protegidas recogidas en el Plan Concertado, al que tuvo acceso Europa Press, merced a este acuerdo, que será suscrito el próximo miércoles con las 31 entidades firmantes del Pacto Andaluz por la Vivienda, las entidades firmantes se comprometen a conceder préstamos a solicitantes y promotores que se acojan a los programas de viviendas de iniciativa municipal y autonómica, viviendas protegidas en alquiler con opción a compra para jóvenes, transformación de infravivienda, rehabilitación autonómica, rehabilitación individualizada de vivienda, rehabilitación de edificios, rehabilitación singular y actuaciones autonómicas de suelo a urbanizar para su incorporación al Patrimonio Municipal de Suelo.

Además, las entidades se comprometen a conceder préstamos a solicitantes cuya petición sea formulada para financiar actuaciones reguladas en el Plan Estatal de Vivienda y que no hubieran obtenido financiación con cargo al convenio estatal por haberse agotado el cupo asignado a la comunidad para el programa en cuestión. Esta concesión de crédito requerirá de un reconocimiento por parte de la Junta y reunirá las mismas condiciones y conllevará las mismas obligaciones para las entidades financieras que se fijen en los convenios suscritos con el Ministerio de Vivienda.

En cuanto a las características de los préstamos, el tipo de interés será “el mismo acordado para la financiación de actuaciones acogidas al Plan Estatal, recogido en los convenios que se suscriban entre el Ministerio y las entidades de crédito”.

Los préstamos tendrán una garantía “preferentemente hipotecaria”, aunque no será preceptiva en los programas de transformación de infravivienda, los diversos programas de rehabilitación y los programas en materia de suelo residencial.

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