El letrado informa

Las deducciones en el impuesto de sucesiones y donaciones en Andalucía

Ha entrado en vigor, tras la publicación en el BOJA de las medidas aprobadas por el Consejo de Gobierno, el Decreto-Ley de medidas urgentes del citado impuesto.

Publicidad Ai Publicidad Ai

A principios del presente mes ha entrado en vigor, tras la publicación en el BOJA de las medidas aprobadas por el Consejo de Gobierno, el Decreto-Ley de medidas urgentes relativas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que amplía las deducciones por la herencia de vivienda habitual y establece una reducción del 99% del impuesto por trasmisión de empresa individual agrícola, previendo que tengan un impacto económico de ciento veinte cinco millones de euros.

El decreto-ley responde al acuerdo entre el PSOE y Ciudadanos para reformar dicho impuesto, alcanzado el 17 de junio de los corrientes. La principal novedad es la ampliación de las deducciones por la herencia de vivienda habitual para los descendientes directos que hubieran convivido con el causante durante los dos años anteriores al fallecimiento. En este supuesto, la desgravación oscilará entre el 100 % para inmuebles de hasta 122.606,47 euros y el 95 % para aquellos con un valor real de más de 242.000 euros.

Además, otra novedad en las reformas es la reducción del período de mantenimiento del inmueble recibido de diez a tres años, a partir de los cuales los herederos podrán venderlo.

Asimismo, se introduce una reducción automática del 99% en herencias o donaciones de explotaciones agrarias para facilitar el relevo generacional en este sector tan importante para la economía andaluza. Se flexibilizan los requisitos para acceder a esta desgravación, ya que no será necesario que el ejercicio de la actividad agrícola se desarrolle de forma personal y directa por la persona fallecida que deja la herencia, sino también por su cónyuge o descendientes en los casos en los que el titular de la explotación estuviera jubilado o en situación de incapacidad permanente; suprimiéndose la condición de que haya sido su principal fuente de renta. En estas particulares herencias y donaciones también se reduce el periodo de mantenimiento de la actividad para beneficiarse de las deducciones fiscales, desde diez a cinco años.

Este decreto-ley supone la primera fase de la reforma del impuesto, ya que la segunda, que se tramitará en la Ley del Presupuesto de Andalucía para que entre en vigor el 1 de enero del 2017, corregirá el error de salto que actualmente afecta al tributo. Así, se aumentará el mínimo exento de tributación para las herencias recibidas por parientes directos, que pasará de 175.000 euros a 250.000 euros.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN