La CNMC amplía el plazo para calcular la retribución a las renovables

En los primeros meses de este año, el número de instalaciones liquidadas supera las 63.600

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) se ha visto obligada a ampliar en tres meses el plazo límite para calcular la retribución definitiva a las instalaciones de renovables del ejercicio 2012 debido a la "especial complejidad" de la labor, en la que se está viendo obligada a analizar una por una 30.663 alegaciones presentadas por los propios productores.

Este número de alegaciones equivale a prácticamente la mitad de las instalaciones sometidas al régimen de liquidación del regulador. En los primeros meses de este año, el número de instalaciones liquidadas supera las 63.600, según los informes provisionales que cada mes emite la CNMC.

En una resolución publicada este lunes, el 'superregulador' justifica esta ampliación del plazo máximo por "la especial complejidad del procedimiento, derivada, tanto del elevado volumen de las alegaciones recibidas como de la complicación y naturaleza individualizada de cada una de ellas".

El organismo se ha encontrado con un buen número de casos de instalaciones que alegan la falta de liquidación por falta de medida, un incorrecto régimen retributivo, unas medidas incorrectas, un erróneo perfilado de horario de medida mensual u otras cuestiones.

También han llegado quejas de los productores por el cálculo que se les ha hecho de las horas de funcionamiento previstas en el real decreto ley 14/2010. Esta norma impuso un recorte del 30% en las horas con derecho a prima de las instalaciones.

Tras elaborar el expediente sobre la liquidación definitiva de 2012, la Dirección de Energía de la CNMC abrió a finales de febrero el trámite de audiencia para la formulación de alegaciones, y es en este procedimiento en el que ha llegado el "elevado" número de observaciones que obligan al organismo a realizar "una ardua labor de clasificación y análisis de las mismas".

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común habilita un periodo de tres meses, hasta el 19 de mayo, para el análisis de las alegaciones.

La CNMC apena al artículo 42.6 de la misma norma para apelar a una ampliación del plazo máximo de resolución y notificación tras ofrecer una "motivación clara de las circunstancias concurrentes".

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