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El Estado ‘abre la puerta’ del Ayuntamiento a 74 extrabajadores

Publicado: 10/05/2016
Aunque el nuevo informe dificulta la reincorporación de los demás trabajadores, el Gobierno va a hacer nuevas consultas
La Dirección General de la Función Pública  ha emitido un informe que abre la puerta a la readmisión de los trabajadores despedidos en el ERE que presentaron recursos tal y como avanzó la alcaldesa, Mamen Sánchez, y miembros de su equipo de Gobierno en el transcurso de la Mesa del ERE a los afectados celebrada ayer en el Ayuntamiento. En esta situación se encuentran un total de 74 exempleados municipales que recurrieron las sentencias del Juzgado número 1 y 2 de lo Social que consideraba los despidos improcedentes en busca de la nulidad. 


Eso sí, de momento, no correrían la misma suerte los otros 54 cuya extinción de la relación laboral también fue considerada improcedente pero que no siguieron adelante con la maquinaria judicial. 
Como señalan desde el Gobierno local socialista, se trata de un informe “vinculante”, puesto que fue la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local la que instó al Ejecutivo municipal a solicitar este documento a la Dirección General de la Función Pública sobre la viabilidad legal de la reincorporación de los afectados por el ERE con sentencias de despido improcedente. No obstante, aun quedan pasos por dar y el Tribunal Superior de Justicia se tendría que pronunciar en última instancia, según apuntan fuentes sindicales.


Según la doctrina legislativa que avala el informe remitido por la  Dirección General de la Función Pública al Ayuntamiento de Jerez, la transacción requiere  la presencia de tres elementos, por un lado la existencia de una relación jurídica dudosa, controvertida o en la que exista una incertidumbre para ambas partes, que es lo que debe eliminar la transacción; la voluntad de las partes de eliminar la controversia y de establecer para el futuro una situación segura que no se preste a dudas así como que las partes deben otorgarse concesiones recíprocas, que instrumentan el poner fin a la situación controvertida.


Según el informe, por tanto cabe la transacción en los procedimientos en los que esté pendiente de dictarse resolución judicial decidiendo sobre las pretensiones de las partes ya que la existencia de recursos judiciales pendientes da cobertura al requisito de la transacción.
El documento, según apuntan desde el Gobierno local, también aclara que no es posible la transacción cuando sólo una parte cede en sus pretensiones cuando el acuerdo transaccional resulta para una parte más gravoso que su mero desestimiento en la vía judicial pendiente o cuando no le va a aportar ninguna ventaja adicional en la relación jurídica que vincule a ambas partes.

¿Son necesarios?
La causa económica del ERE, refrendada por el Supremo, hace aconsejable que se motive respecto a cada trabajador que el acuerdo transaccional resulta más viable para el Ayuntamiento organizativamente y financieramente que otro tipo de opciones y no supone un perjuicio para la situación económica y la prestación de los servicios por la Corporación sino que supone un beneficio al interés general.  Precisamente, el hecho de que en algunos procedimientos sólo exista un recurso interpuesto por el Ayuntamiento, incide en esta necesidad. Por ello, el Ayuntamiento ya está iniciando la elaboración de documentos individuales transaccionales y su justificación caso por caso.  Y se solicitará informe al Consejo Consultivo de Andalucía de cada uno de ellos.

 

La última fecha ‘oficial’, el 30 de junio

 Los plazos dados por el Gobierno local socialista para la reincorporación de los afectados por el ERE municipal, un compromiso electoral del PSOE, han ido posponiéndose a lo largo de los últimos meses. La última fecha oficial aportada es la del 30 de junio, una estimación que, teniendo en cuenta los trámites que aún quedan por hacer, se antoja a priori bastante apurada, aunque habrá que esperar a cómo fructifiquen las nuevas gestiones.

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