La Audiencia destaca las "altas responsabilidades" en el caso ERE del exconsejero Antonio Fernández

Publicado: 05/04/2016
Confirma el auto en el que Mercedes Alaya amplió su imputación por las ayudas a Cydeplast, Nazapet e Inverjaén
La Audiencia Provincial de Sevilla ha destacado en un auto las "altas responsabilidades" del exconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía Antonio Fernández en el caso de los ERE fraudulentos y ha confirmado la resolución de 23 de marzo de 2015 en la que la juez Mercedes Alaya le amplió su imputación por las ayudas a Cydeplast, Nazapet e Inverjaén.

   En un auto fechado el 22 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia rechaza así el recurso presentado por la defensa del exconsejero, que consideraba que la ampliación de su imputación era una decisión "arbitraria" e "improcedente" y que alegó la falta de participación de su patrocinado en los hechos atribuidos y la atipicidad de las conductas descritas.

   De este modo, la defensa de Fernández argumentó que, tanto a lo largo del razonamiento primero del auto (el que se refiere a las entidades localizadas en Dos Hermanas Cydeplast Pet y Nazapet), como en el segundo, referido a Inverjaén, "no se menciona" al exconsejero para atribuirle conductas concretas que él mismo realice o le sean atribuibles, sino actos realizados por otros "con el indiciario conocimiento de...", "con conocimiento presunto de..." o "en virtud de órdenes del viceconsejero de Empleo y presidente del IFA Antonio Fernández de la figura del convenio...".

   Así, el abogado del exconsejero, Alfonso Martínez del Hoyo, consideraba que la ampliación de la imputación no era procedente "teniendo en cuenta la ausencia de completa motivación del auto, y puesto que Fernández niega rotundamente haber tenido conocimiento, ni haber consentido ni dado instrucción ni órdenes al director general de Trabajo en los citados expedientes", sosteniendo que "las cuestiones relativas a la falta de idoneidad o inadecuación administrativo-presupuestaria en torno al programa presupuestario 31L de la Consejería de Empleo son cuestiones alejadas del ámbito del Derecho Penal".

   La Audiencia dice que "múltiples son las resoluciones en las que el Tribunal Constitucional se ha pronunciado acerca de la necesidad de motivación de las decisiones judiciales", lo que "ha de ponerse en relación con la naturaleza de la resolución que es objeto de recurso, que es la llamada al proceso para declarar como imputado de Fernández por su presunta participación en las sumas que fueron abonadas a las entidades Cydeplast, Nazapet e Inverjaén procedentes de fondos públicos".

   "El nivel de motivación que a dicha decisión debe exigírsele no puede ser el de razonamiento que pueda pedirse ni a una resolución que abra la fase intermedia, ni al de una sentencia", razona la Audiencia, que explica que "lo que hace la magistrada es concretar o perfilar los términos de la más genérica imputación de la que fue objeto en el año 2012 a fin de ilustrar los hechos por los que va a ser imputado el día de su comparecencia judicial", ya que este auto "no es la imputación formal que tiene lugar en ulterior momento".

"MÚLTIPLES IRREGULARIDADES"

   Tras recordar que el Tribunal Supremo ha expresado que "el objeto del proceso es de cristalización progresiva", lo que "podría ser más que justificable en un caso" como éste, asevera que "una debida salvaguarda del derecho de defensa pasa por la necesaria concreción o precisión de la o las imputaciones, y es lo que ha ocurrido en este caso, tras advertirse las múltiples irregularidades (que hacen entrever conductas penales) con que se acordaron las ayudas percibidas" por Cydeplast, Nazapet e Inverjaén "y que se pusieron de manifiesto tras las respectivas investigaciones llevadas a cabo y fueron reseñadas en la resolución recurrida".

   Tras recordar lo expuesto por la juez en el auto en relación a estas ayudas a Cydeplast, la Audiencia pone de manifiesto que Antonio Fernández fue viceconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta desde el 29 de abril de 2000 hasta el 25 de abril de 2004, y a partir de dicha fecha consejero de Empleo hasta marzo de 2010.

   "En su momento, se le imputó de forma indiciaria haber participado en la ideación y elaboración del convenio marco de 1 de julio de 2001 suscrito entre la Consejería de Empleo y el IFA firmado por Fernández en su condición de presidente del mencionado Instituto para dotar a la Consejería de Empleo de un sistema operativo propio que permitía eludir ilícitamente los controles en expedientes de ayudas públicas", recuerda la Sección Séptima.

AYUDAS "MILLONARIAS"

   En este sentido, dice que "dada sus altas responsabilidades en los hechos que son objeto de investigación, la necesidad de que fuese oído como imputado en razón a los sucesos derivados de las citadas subvenciones o ayudas (algunas millonarias) devenía necesario, y su traída al proceso no podía ser (en aras a asegurar debidamente su derecho a la defensa) sino en la calidad que se acordó".

   A raíz de esta ampliación de su imputación, el exconsejero compareció ante la instructora el día 28 de abril de 2015, acogiéndose a su derecho constitucional a no declarar.

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