La ley electoral garantiza que el próximo 13 de junio, salvo reclamaciones, habrá alcaldes en todos los ayuntamientos, bien fruto de pactos o las listas más votadas; otra cosa serán las comunidades autónomas, donde los resultados obligan a negociar para encontrar mayorías de gobierno y, si no, a repetir elecciones.
La pérdida de la mayoría absoluta del PP en todas las comunidades autónomas abre un escenario de pactos que puede suponer que este partido pase a la oposición en varias de ellas y sitúa hipotéticos pactos entre PSOE y Podemos como alternativa para cambios de gobierno en varias autonomías.
En ocho de las trece comunidades autónomas que han celebrado elecciones este domingo, habrá más de cuatro partidos en sus respectivos parlamentos.
Especialmente complicados resultarán los acuerdos de gobierno en Navarra, Aragón y Baleares, con siete fuerzas políticas en las dos primeras y ocho en las islas.
Si damos credibilidad a lo que los partidos dijeron antes de estas elecciones y el PSOE no pacta con PP ni EH-Bildu, y el PP no lo hace con Podemos, los gobiernos de Aragón, Baleares, Navarra y Comunidad Valenciana requerirán del acuerdo de más de dos partidos.
La suma de escaños de PP y Ciudadanos, partido que dijo estar dispuesto a pactar con todos con condiciones, serviría a los populares para retener el poder en Madrid, La Rioja, Murcia y Castilla y León.
El pacto PSOE-Podemos supondría gobiernos en Extremadura, Asturias y Castilla-La Mancha, y estos dos partidos, con el apoyo de terceros podrían acceder también al poder en Baleares, Comunidad Valenciana y Aragón.
Con este panorama, si no fructifican esos posibles acuerdos, podrán darse situaciones como la de Andalucía que, de prolongarse, podría desembocar en una repetición de las elecciones.
Esto vale para todas las comunidades autónomas, salvo para Castilla-La Mancha, donde la última reforma electoral, además de reducir el número de diputados, estableció que, en caso de que no se den acuerdos de gobierno en el plazo de dos meses, gobernará la lista más votada.
En cuanto a los ayuntamientos, donde la legislación establece el gobierno de la lista más votada en el caso de que no haya acuerdos, puede haber cambios en algunas emblemáticas como Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla o Málaga.
En el caso de los municipios habrá que esperar menos para salir de dudas, ya que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que las corporaciones locales se deben constituir en sesión pública el vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones (el 13 de junio en esta ocasión), salvo que se hubiese presentado algún recurso contencioso-electoral contra la proclamación de los concejales electos y en cuyo supuesto se constituyen a los 40 días de los comicios.
Si ninguno de los concejales obtiene la mayoría absoluta de los votos de los concejales, la ley impide sucesivas votaciones esa jornada, así como esperar a otro día para hacerlas, ni siquiera, como ocurre en el caso de las comunidades, que se llegue a la situación de tener que repetir las elecciones.
Lo que ocurre en los ayuntamientos es que, si nadie logra la mayoría absoluta, es proclamado automáticamente alcalde quien encabeza la lista que haya obtenido mayor número de votos en las elecciones.
Así por ejemplo, en el caso de Madrid, la suma de concejales del PP (21) y Ciudadanos (7) no alcanza los 29 necesarios para la mayoría absoluta, pero si las otras dos fuerzas que han obtenido representación, Ahora Madrid (20) y PSOE (9), no alcanzan un acuerdo, Esperanza Aguirre será designada alcaldesa el día 13 de junio, al haber encabezado la lista más votada.
Por tanto, en las corporaciones en las que ningún partido haya logrado hoy la mayoría absoluta, las fuerzas políticas que no sean las más votadas y que pretendan acuerdos ente ellas para asegurar la elección de un candidato disponen de veinte días para lograrlo porque no tendrán una segunda oportunidad.
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