El Supremo recibe la causa completa del caso ERE, a disposición de todos los imputados y las partes

Publicado: 14/01/2015
El juzgado de Alaya envía los 243 tomos y 140.000 folios de la causa para que investigue a los cinco aforados, entre ellos Griñán y Chaves
El Tribunal Supremo recibió el pasado 7 de enero la causa completa que investiga el fraude de los expedientes de regulación de empleo (ERE) tramitados por la Junta de Andalucía, integrada por los 22 CDs que contienen 243 tomos con un total de 140.000 folios, para llevar a cabo su investigación contra los cinco aforados, entre los que se encuentran los ex presidentes de la Junta José Antonio Griñán y Manuel Chaves.

   Según han informado fuentes del alto tribunal, esta documentación está así a disposición de todos los imputados y las partes para conocer el contenido íntegro de la causa. El Supremo tiene pendiente de decidir sobre la personación de Manos Limpias y de la Asociación Pro Justicia Siglo XXI, creada por el abogado Emilio Rodríguez Menéndez, en el procedimiento.

   El magistrado instructor, Alberto Jorge Barreiro, no ha realizado todavía ninguna diligencia procesal o citación aunque, como en toda causa voluminosa, está en contacto con los guardias civiles, peritos del caso o el juez que ha dirigido la investigación, en este caso la titular del Juzgado de Instrucción número 6 Mercedes Alaya.

   Con el informe favorable de la Fiscalía, la Sala de lo Penal abrió el pasado noviembre una investigación contra los cinco aforados por los ERE presuntamente irregulares, los exconsejeros José Antonio Viera y Gaspar Zarrías, en su calidad de diputados del Congreso como Chaves; y la exconsejera Mar Moreno, en su calidad de senadora, como hizo con el expresidente José Antonio Griñán. Respecto a las otras personas no aforadas, ha acordado que el procedimiento continúe en el órgano competente.

POSIBLE PREVARICACIÓN Y MALVERSACIÓN

   El Supremo se hizo eco de la exposición razonada de Alaya para afirmar que de los indicios contra los aforados "derivan de su posición de alta y especial responsabilidad política" dado los cargos que desempeñaban y de su intervención en las decisiones de "creación o mantenimiento del sistema que facilitaba esa forma de proceder e incluso, respecto a alguno de ellos, en la ejecución de actuaciones concretas de aplicación del referido sistema".

   De esa forma, continuando con la exposición de Alaya, el Supremo recogió en su auto que según que el destino de las cantidades previstas para las ayudas se orientó mayoritariamente a personas y empresas próximas a los sindicatos, a cargos de la Junta de Andalucía o del PSOE andaluz. "Tales hechos, sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la investigación, pudieran ser constitutivos de delitos de prevaricación y malversación de fondos", añadía.

   "La consecuencia directa de presupuestar esas cantidades como transferencias de financiación cuando eran para ayudas sociolaborales para empresas eran la facilidad de elusión de todos los controles en tanto se evitaba la aplicación del procedimiento legalmente aplicable a las subvenciones que era el correspondiente", señalaba.

   A su entender, eso permitía una "absoluta discreccionalidad" en el uso de los fondos, pues "no existía ninguna normativa que estableciera de antemano los requisitos de los posibles beneficiarios y las ayudas o subvenciones se concedían sin solicitud previa, sin documentación justificativa, sin bases reguladoras, sin examen del proyecto, que era inexistente, y sin comprobación del destino de la cantidad entrega".

ALAYA PREIMPUTÓ

   La jueza de Sevilla Mercedes Alaya "preimputó" a los cinco cargos con aforamiento nacional y les otorgó el mismo derecho que los imputados en los procedimientos penales. La Fiscalía del Supremo solicitó la pasada semana a la Sala de lo Penal del TS que se declarase competente para conocer el "real alcance" de los hechos atribuidos a los cinco.

   El fiscal apuntó que no cabe que las presuntas prevaricación y malversación atribuidas queden sin contenido por el hecho de estudiarse por separado y se refiere sólo a la competencia del Tribunal Supremo y no analiza el fondo del procedimiento, si bien cita los presuntos delitos atribuidos indiciariamente a los expresidentes andaluces y el resto de "preimputados" por la juez al argumentar a favor de la separación de la investigación en piezas separadas.

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