El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio dirigida a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (Assda), dependiente de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, y la Consejería de Hacienda y Administración Pública para interesarse sobre la previsión de la Administración de los pagos de marzo de 2014 en dependencia, así como sobre la resolución de los expedientes de los herederos de dependientes beneficiarios de prestación.
En el texto de esta queja de oficio, consultada por Europa Press, el Defensor indica que desde la Oficina se han realizado numerosas y diversas actuaciones en relación con las dificultades sobrevenidas en el Sistema de la Dependencia, tras las mermas presupuestarias de la financiación para su sostenimiento. Entre ellas, continúa, "una parte importante de nuestros esfuerzos y dedicación se centró en arrancar de la Assda un compromiso que garantizara el pago de la deuda generada por retroactividad de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar, reconocidas a los dependientes".
De este modo, la Defensoría explica que, inicialmente, la Administración "expresó su voluntad de priorizar necesidades ordinarias más perentorias, constituidas por el abono mensual de las referidas prestaciones económicas, relegando el pago de las anualidades en que se fraccionaron sus atrasos". Más tarde, sin embargo, la posibilidad de acogerse al fondo especial de financiación acordado por el Gobierno central, "posibilitó la liquidación de la deuda del año 2012 y, unos meses más tarde, la Agencia manifestó su compromiso de saldar el pago de 2013 durante el primer semestre de 2014, cumpliendo efectivamente dicha garantía".
No obstante, una vez alcanzados estos logros, la Oficina del Defensor considera que es el momento de ocuparse de la previsión de la Administración en cuanto al pago de la única anualidad vencida que existe actualmente, la de marzo de 2014, y de la respuesta a la demanda de aquellos que se encuentran en otro de los grupos afectados por el impago de la deuda generada por retroactividad de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, que son los herederos de dependientes beneficiarios de la prestación, fallecidos sin serles abonadas las anualidades.
En relación con este último colectivo, la Oficina recuerda que la Orden de 26 de julio de 2010, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, por la que se modifica la de 3 de agosto de 2007, que establece la intensidad de protección de los servicios, el régimen de compatibilidad de las prestaciones y la gestión de las prestaciones económicas del sistema de autonomía y atención a la dependencia en Andalucía, prevé que en estos casos, el procedimiento de abono se tramita, previa solicitud de la comunidad hereditaria y se abona en pago único --ya no fraccionado en las anualidades establecidas--.
De este modo, la Oficina del Defensor apunta que en los diversos informes solicitados a la Administración, la Agencia ha aludido a lo dispuesto en este Orden, a la cumplimentación del trámite de solicitud por los herederos, adjuntando la documentación pertinente y ha concluido en que "el expediente de devengos no percibidos correspondiente, se encuentra en fase de tramitación, pendiente de resolución de pago".
Asimismo, y aunque en los últimos informes confía en que los expedientes de este tipo queden resueltos "a la mayor brevedad posible", lo cierto es que, por el momento, "no tenemos constancia de que ninguno de los que conocemos a través de las quejas que tramitamos, haya quedado concluso", afirma el Defensor. Es por ello que solicita a la Administración que se pronuncie sobre el número de expedientes en esta situación, así como la previsión de resolución.