Andalucía

La Fiscalía pide que las productoras de tres programas indemnicen con 100.000 euros a la novia de Miguel

Ha presentado una demanda ante el Decanato para su reparto entre los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla contra Gestevisión Telecinco S.A., Cuarzo Producciones S.L. y Mandarina Producciones S.L.

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La Fiscalía de Sevilla solicitó hoy 100.000 euros de indemnización para la menor vecina de Camas que mantenía una relación sentimental con el principal implicado en la desaparición de Marta del Castillo, Miguel Carcaño, por parte de tres productoras de televisión por su aparición en varios programas de Telecinco. Según informó la Fiscalía en un comunicado, ha presentado una demanda ante el Decanato para su reparto entre los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla contra Gestevisión Telecinco S.A., Cuarzo Producciones S.L. y Mandarina Producciones S.L., a dos de las cuales reclama también otra indemnización de 30.000 euros para una amiga de Marta, también menor, que realizó igualmente alguna aparición televisiva. Así, la fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, que instruye el caso, considera que !!||!!tras la desaparición y búsqueda durante casi un mes, desde finales del mes de enero de 2009, de la joven sevillana Marta del Castillo, el pasado 14 de febrero comienza la puesta a disposición de los presuntos responsables ante el Juzgado de Instrucción 4 de Sevilla!!||!!, lo que !!||!!desata la progresión de la difusión de informaciones y opiniones acerca del caso, precipitada de forma especialmente virulenta los días 15 y 16 de febrero!!||!!. De este modo, señala que esto !!||!!genera una cierta alarma social tanto por el tratamiento espectacular dado en general a la información, como por la aparición reiterada de imágenes de menores que sin duda han constituido intromisión ilegítima en sus derechos fundamentales a la intimidad y la propia imagen!!||!!. En este punto, recuerda que !!||!!el 16 de febrero la Fiscalía de Sevilla abre diligencias preprocesales encaminadas a comprobar si se ha producido lesión en tales derechos, teniendo en cuenta la deriva del tratamiento informativo dado al caso, con referencia a la totalidad de medios de comunicación, independientemente del lugar de emisión!!||!!. A raíz de esta decisión, explica que !!||!!se ha ido examinando la gran cantidad de material periodístico, que todavía no se ha finalizado, considerando oportuno interponer la primera demanda en protección de los intereses de dos menores!!||!!. En concreto, la demanda presentada hoy se constriñe al tratamiento de la información sobre las menores en los programas 'Rojo y Negro', emitido los días 15 y 16 de febrero de por Telecinco y 'El programa de Ana Rosa!!||!!, emitido el día 16 de febrero, en la misma cadena, ambos producidos por Cuarzo Producciones S.L. También se refiere al programa 'Está Pasando' de Telecinco emitido el mismo día, producido por Mandarina Producciones S.L., además de a varios informativos emitidos por esta cadena de televisión el día 16 de febrero. !!||!!Basta que una información o cualquier utilización de la imagen o nombre del menor sea contraria a sus intereses para que estemos ante una intromisión ilegítima en su esfera de protección, aunque la misma haya sido consentida por sus representantes legales o por el propio menor!!||!!, argumenta la Fiscalía, que considera que !!||!!en este caso la información difundida por el medio televisivo demandado ha sido sin duda perjudicial para las menores!!||!!. De igual modo, apunta que !!||!!en los casos que se recogen en la presente demanda, no parecen necesarios ni pertinentes los testimonios prestados por las menores, estando ausente el interés público!!||!! y añade que !!||!!si se descartan los elementos espectaculares o morbosos no hay nada que justifique la presencia de ambas en un plató o el uso de sus imágenes de forma completa y sin usar método alguno que impida su directa identificación con personas imputadas por gravísimos hechos, simplemente por el hecho de ser más o menos cercanos al principal inculpado en el crimen!!||!!. Asimismo, la fiscal aporta en su demanda los datos de las audiencias obtenidas por los programas en cuestión y los ingresos obtenidos a través de las tarifas de los espacios publicitarios emitidos en los programas en cuestión. Por todo ellos, solicita que se declare que Gestevisión Telecinco como empresa editora de programas y Cuarzo Producciones S.L. y Mandarina Producciones S.L. como empresas productoras !!||!!han incurrido en intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad y propia imagen de las menores!!||!!, condenándolas a indemnizar de forma solidaria en 100.000 euros a la menor de Camas. De igual modo, pide que se declare que Gestevisión y Cuarzo Producciones, por los mismos motivos, sean condenadas a indemnizar de forma solidaria en 30.000 euros a la menor amiga de Marta y, en ambos casos, determina que la indemnización !!||!!se habrá de ingresar en una entidad bancaria como depósito a plazo fijo, del cual no podrán disponer los representantes legales de las menores durante la minoría de edad de las mismas, salvo autorización judicial en caso de extrema necesidad!!||!!.

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