Un abogado imputado en los ERE pide reformar las fianzas excluyendo lo que perciben los prejubilados legales

Publicado: 05/10/2014
Un abogado imputado en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares que investiga la juez Mercedes Alaya aboga por "reformar" las millonarias responsabilidades civiles impuestas en esta causa excluyendo de las mismas las sumas que perciben los "prejubilados legales".

   De este modo, y en un artículo remitido a Europa Press, el letrado Carlos Leal considera que lo anterior sería la solución "correcta" y supondría sacar de la instrucción "a muchas personas, desechar cientos de miles de folios, y haber empleado de forma inútil miles de horas de trabajo de funcionarios, afectados, abogados, etc".

   A su juicio, "si no se corrige el error, quedan miles de horas y muchos años de instrucción, embargar a 6.000 prejubilados legales, imputar a los responsables empresariales y sindicales que han intervenido en las ayudas pendientes de analizar, calculo unos 200 imputados más", lo que hará "que se supere el número de 400" y "producirá un gran sufrimiento y un enorme dispendio de recursos públicos, que al final será inútil".

   El letrado pone de manifiesto que la prejubilación "no es un concepto legal", sino que "llamamos así a la situación en la que un trabajador que termina el desempleo utiliza la legislación laboral, suscribiendo un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social para mantener la cotización, siendo necesario un estudio completo de cada caso para el calculo de los costes".

   De este modo, "los únicos beneficiarios de la solución son los trabajadores, ya que la empresa aporta los 20 días, lo que la ley le obliga, y el exceso de indemnización se abona con fondos públicos", tras lo que pone como ejemplo que, en el caso de los 43 extrabajadores de William Humbert, "el coste total de la póliza asciende a 11,8 millones de euros", de los que 2,1 millones los paga la empresa y el resto --el 82 por ciento-- la Junta.

   Añade que "el coste medio asciende a 274.000 euros", siendo "evidente que esta suma nunca la podrían haber obtenido de la empresa".

   El abogado explica que, "alcanzado el acuerdo, se instrumenta", de manera que, "por un lado, la empresa y el sindicato firman el acuerdo extinguiendo los contratos, y la autoridad laboral, previo informe de la Inspección, lo autoriza", mientras que, de otro lado, la Junta "acuerda la concesión de la ayuda socio laboral a los trabajadores conforme al estudio efectuado" y el pago se articula mediante una póliza de seguros de renta.

   Al hilo de ello, Carlos Leal señala que, en los casos "más importantes" que investiga el Juzgado de Mercedes Alaya, "la empresa estaba en situación concursal e insolvente incluso para pagar los 20 días de indemnización. "En millones, Delphi 240, Santana 60, Faja Pirítica 180, Boliden 60, la Naval 30, suman 570 millos, y así hasta 700, y en un importante porcentaje pendiente de pago por la Junta a fecha de hoy".

"LOS BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS SON LOS TRABAJADORES"

   "Cualquier profesional del derecho que se dedique a temas laborales conoce perfectamente los mecanismos que se regulan en el Estatuto de los Trabajadores", pone de manifiesto el abogado, quien añade que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), utilizando dicho estatuto, "ha dictado una sentencia", en el caso Mercasevilla, donde "establece que una empresa en crisis no esta obligada a abonar más de 20 días por año, y que esta empresa no tiene obligación de pagar la sumas recogidas en la póliza que en principio iba abonar la Junta".

   A su juicio, "es evidente e indiscutible que los beneficiarios de las ayudas son los trabajadores", por lo que "es erróneo considerarlas ayudas a empresas, lo que supone que todas las decisiones basadas en esta premisa carecen de fundamento". "Un recto entendimiento del derecho laboral debe llevar a excluir de la instrucción a las empresas, y levantar la imputación de sus responsables y asesores", opina.

   Así, "si el dinero que han recibido y siguen recibiendo los prejubilados legales no se considera destinado a un fin espúreo, no puede ser exigido a ninguno de los imputados", agregando que "avala este criterio que ni la juez, ni el fiscal, ni la Junta haya ordenado el corte de estos pagos".

   "Si se siguieran exigiendo, es inevitable que pronto se corten los pagos de las prejubilaciones, los prejubilados pierdan el dinero que tienen en el banco y se embarguen sus viviendas". "Sois los que tenéis el dinero, y la lógica y la ley impone que lo devolváis", puntualiza, concluyendo que "cada vez que alguien diga que el fraude es de más 800 millones, esta diciendo, puede que sin saberlo, que debéis devolverlo".

© Copyright 2024 Andalucía Información