Andalucía

La defensa de un exalto cargo cuestiona que la juez Alaya continúe con la instrucción del caso ERE

El abogado de Justo Mañas, Adolfo Cuéllar, pide a la juez que \"aclare y motive\" si la ampliación de la imputación de su cliente por medio del auto dictado el pasado 4 de septiembre

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  • Alaya. -

La defensa del exviceconsejero de Empleo Justo Mañas ha pedido a la juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares que "aclare" el auto en el que acordó continuar con la instrucción e imputar a 20 personas, así como ampliar la imputación a otros encausados, a fin de que explique si las anteriores diligencias son urgentes o manifiestamente necesarias.

   En el escrito elevado al juzgado, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado de Justo Mañas, Adolfo Cuéllar, pide a la juez Mercedes Alaya que "aclare y motive" si la ampliación de la imputación de su cliente por medio del auto dictado el pasado 4 de septiembre, y en general cuanto se ordena en dicha resolución, "es urgente o manifiestamente necesaria".

   El letrado solicita lo anterior "a los efectos de salvaguardar su derecho a la tutela judicial efectiva y con reserva expresa del ejercicio de los posibles recursos que en su día se pudieran plantear, incluyendo la petición de solicitar la nulidad de lo actuado desde la fecha del dictado de la resolución".

   El abogado del exalto cargo imputado asevera que "se tiene conocimiento público y notorio que por la Sala del Tribunal Supremo se ha formado tribunal de admisión y se ha designado como instructor para resolver sobre la exposición razonada al magistrado Miguel Colmenero", por lo que "ya consta que el Supremo se encuentra en trámite de resolver su competencia".

   Según explica, ello conllevaría, según el artículo 21.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "que a lo máximo que podría ser autorizado el juzgado de Instrucción es a continuar aquellas diligencias cuya urgencia o necesidad fueran manifiesta".

   El abogado pone de manifiesto que "el criterio jurídico" de la juez Alaya "consiste en que no es competente para conocer de la causa", lo cual "razona con una extensa y motivada exposición", no obstante lo cual "entiende que mientras el Tribunal Supremo no se pronuncie ordenando que se abstenga de todo proceder o mientras resuelve la competencia, procede continuar con la instrucción".

EL CRITERIO DE ANTICORRUPCIÓN

   "No obstante, de la interpretación literal y conjunta de ambos apartados de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, mientras el Tribunal Supremo no se pronuncie sobre su competencia, lo máximo que la instructora puede instruir --si así se lo ordenase el Tribunal Supremo--, serían aquellas diligencias cuya urgencia o necesidad fueran manifiestas", considera la defensa de Mañas.

   El letrado recuerda que la propia Fiscalía Anticorrupción también lo entiende de este modo, y hace referencia al escrito presentado el pasado 25 de julio en el que el Ministerio Público dice que "si la magistrada instructora considera procedente elevar la causa en su totalidad por pérdida de competencia a favor del órgano superior, una vez remitida a éste la exposición razonada, al entender la magistrada agotada la instrucción en todo cuanto es posible sin dirigir el procedimiento directamente contra las personas que gozan de fuero y defender la inescindibilidad de las actuaciones, deberá suspenderse la tramitación de la causa, salvo la de aquellas diligencias cuya urgencia o necesidad fuera manifiesta".

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