La Fiscalía de Sevilla no va a recurrir la sentencia por las facturas falsas del Ayuntamiento de Sevilla y el PA estudia no hacerlo, aunque los acusados recurrirán ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con la esperanza de rebajar el montante apropiado y la consiguiente condena.
Fuentes de la Fiscalía informaron de que no van a recurrir la sentencia que condenó a cuatro años y tres meses de cárcel a José Marín, ex secretario del distrito Macarena del Ayuntamiento, y a tres años y nueve meses de prisión al contratista José Pardo, ya que el fallo se atuvo estrictamente a todas sus peticiones.
Por su parte, el letrado Juan José Sánchez, que ejerció la acción popular en nombre del PA, señaló que está estudiando el tema, aunque adelantó que existe un 70 por ciento de probabilidades de que no recurra.
La sentencia, que fue emitida tras el veredicto de culpabilidad de un jurado popular, consideró demostrada la existencia de seis facturas falsas por obras menores realizadas en 2002 y 2003, por un importe total de 5.901 euros que los acusados deberán devolver al Ayuntamiento.
Los acusados, por su parte, ya han anunciado un recurso en el que intentarán rebajar la cuantía de lo cobrado indebidamente, ya que en caso de no superar los 4.000 euros supondría una rebaja considerable de la pena de cárcel, situada entonces entre seis meses y tres años de prisión.
Ello significaría además que la condena de inhabilitación absoluta para todo cargo o empleo público se vería transformada en suspensión de empleo y sueldo, una pena menos gravosa para los imputados, según han explicado a Efe fuentes del caso.
Junto a la pena de cárcel, Marín fue condenado al pago de una multa de 2.400 euros y una inhabilitación para cargo público durante seis años.
Según el fallo, el empresario José Pardo presentó a finales de 2002 y comienzos de 2003 varias facturas por obras menores "pese a conocer que no se habían ejecutado o lo habían sido solo parcialmente".
Con ello, pretendía "obtener más dinero del que le correspondería por las obras realmente realizadas" y en sus facturas "aparentaba actuar por cuenta de la empresa Contratas y Obras Sevilla (COS), pese a que sabía que la empresa había cesado su actividad a finales de 2002 y que no tenía la representación de la misma".
En cuanto al secretario del distrito, que tenía la condición de funcionario público, la sentencia afirma que "conscientemente permitió que Pardo cobrara por obras no ejecutadas o parcialmente ejecutadas, pese a conocer que éstas no se habían ejecutado o lo habían hecho parcialmente".