El Área de Agricultura y Pesca informa sobre la apertura de la nueva línea de ayuda para el sector agrícola

Se destina a la primera instalación de jóvenes agricultores, así como a la modernización de explotaciones. El plazo estará abierto hasta el 9 de agosto

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Según Orden de 3 de julio de 2013, por la que se convocan para este año las ayudas para la primera instalación de jóvenes agricultores previstas en la Orden de 8 de julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la primera instalación de jóvenes agricultoras y agricultores y modernización de explotaciones agrarias en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía para 2007-2013.

El BOJA núm 132 recoge la Orden, por la que se abre la convocatoria para 2013 para la solicitud de ayudas destinadas a la primera instalación de jóvenes agricultores, así como a la modernización de explotaciones asociadas a los jóvenes agricultores que se instalen por vez primera. Esta segunda mejora de modernización de explotaciones está asociada a la anterior y se debe solicitar de forma conjunta con la de primera instalación de jóvenes agricultoras y agricultores.

Los gastos subvencionables para la primera instalación son:

• Costes de honorarios de redacción de proyectos
• Gastos notariales y registrales derivados de la primera instalación.
• Gastos de permisos, licencias y autorizaciones administrativas originados por la instalación del beneficiario.
• Aportación económica de los jóvenes agricultores y agricultoras a la entidad asociativa titular de explotación agraria prioritaria, en la que se pretendan instalar.
• Pago de los derechos hereditarios, en su caso, a coherederos de la explotación familiar en la que se instala.
• Pago de la primera anualidad de los contratos de arrendamiento.
• Adquisición de capital territorial, pudiendo subvencionarse la compra de tierras en una cuantía inferior o igual al 10% del gasto subvencionable incluido en su solicitud.
• Adecuación del capital de explotación: Inversiones en  bienes muebles e inmuebles, ganado reproductor y plantas plurianuales.
• Adquisición de cuotas u otros derechos de producción agraria.

Los gastos subvencionables para la primera instalación son:

• La adquisición de nueva maquinaria y equipos, incluidos los soportes lógicos de ordenador.
• La construcción, adquisición o mejora de inmuebles, incluida al compra de tierras siempre que no supere el 10% del importe total de los gastos subvencionables de la operación.
• Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en los apartados anteriores, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, estudios de viabilidad o adquisición de patentes.

La cuantía de las ayudas, puede alcanzar para el caso de personas físicas los 300.000 euros.
El plazo para solicitud de ayudas se encuentra abierto hasta el próximo día 9 de agosto.
Para más información:

• Delegaciones Provinciales de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucia
• Área de Agricultura y Pesca del Excmo. Ayuntamiento de Lepe, sita en C/ Aracena, s/n
• Tfno: 959 64 50 30
• e-mail: jmcarrasco@ayto-lepe.es

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