La nueva norma preserva 67 sectores de suelo urbanizable en 29 municipios, donde hay capacidad para 43.500 viviendas

Publicado: 23/07/2013
Ahora el Plan de protección se establece desde el principio de considerar el corredor litoral como "un recurso territorial, que tiene interés regional, y cuya preservación aportará valor añadido a una oferta turística de mayor calidad"
El Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía preservará de urbanización 9.000 nuevas hectáreas de suelo en la franja de los primeros 500 metros desde el dominio público marítimo terrestre, lo que supone un incremento del 50 por ciento del terreno protegido en el espacio costero.

   Según indica la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en una nota, la Comisión de Redacción de este nuevo instrumento de ordenación territorial ha dado este martes su visto bueno al documento, que saldrá a información pública el próximo lunes día 29 de julio, fecha en la que está prevista su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

   El Plan tiene como objetivo principal "preservar del proceso urbanizador los terrenos que ponen en riesgo la sostenibilidad ambiental y territorial del litoral por sus valores ambientales, naturales, paisajísticos, culturales, agrícolas y forestales", de forma que se trata, pues, de un plan de protección, no de ordenación. Ésta ya está establecida en los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional.

   Ahora el Plan de protección se establece desde el principio de considerar el corredor litoral como "un recurso territorial, que tiene interés regional, y cuya preservación aportará valor añadido a una oferta turística de mayor calidad".

   Actualmente, los suelos protegidos en la costa andaluza por distintas figuras contempladas en la normativa ambiental o por los planes subregionales suman 18.000 hectáreas, un 36 por ciento del suelo del corredor litoral.

   Con el nuevo Plan, se incorporan 9.000 nuevas hectáreas, un incremento del 50 por ciento, de manera que "se consigue que quede preservado más de la mitad del espacio de la franja de los primeros 500 metros de costa (55 por ciento)". En ese sentido, ha recordado que un 36 por ciento del suelo del corredor litoral andaluz ya tiene la categoría de urbano.

   Con la aprobación del plan de protección se persigue "evitar la consolidación de nuevas barreras urbanas entre los espacios interiores y el sistema costero y favorecer la continuidad de los espacios del interior con los del litoral". Además, "se armoniza la regulación del suelo no urbanizable en todo el ámbito del plan".

   Para la elaboración del Plan, la Secretaría General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente ha revisado los 368 sectores de suelo urbanizable repartidos en los 62 términos municipales de la costa andaluza, su situación urbanística, sus condiciones naturales y ambientales y su papel en la escala territorial.

CAPACIDAD PARA 43.500 VIVIENDAS

   El Plan afecta a 67 de estos sectores en 29 municipios. Estos suelos urbanizables tienen capacidad para 43.500 viviendas, que representan la cuarta parte de las previsiones teóricas de los planeamientos urbanísticos de los municipios costeros.

   Con carácter general, el Plan de protección no afecta a los suelos urbanizables que ya cuentan con un plan parcial aprobado para su desarrollo, salvo siete sectores en los que se ha considerado que, pese a estar ya ordenados, tienen un alto valor ambiental y paisajístico que hace imprescindible su protección. Estos sectores se localizan en Tarifa (Cádiz) y Cuevas de Almanzora, Carboneras y Pulpí (Almería) y representan el cinco por ciento del total de las previsiones establecidas en este tipo de suelos.

CATEGORÍAS DE PROTECCIÓN

   El Plan establece tres categorías distintas con diferente grado de protección.

   En primer lugar, las zonas litorales de protección ambiental son aquellos suelos que ya disponen de un régimen de protección por la normativa ambiental y suman 12.843 hectáreas. Se han incluido en esta zona de protección dos sectores dentro del ámbito del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar que estaban calificados de suelo urbanizable en el planeamiento urbanístico, uno de ellos ordenado (El Algarrobico).

   En segundo lugar, las zonas litorales de protección territorial uno son los suelos que ofrecen características ambientales o paisajísticas relevantes, colindantes con el dominio marítimo o con espacios naturales protegidos, o que permiten la conexión de la costa con espacios naturales del interior y que deberán ser calificados como suelo no urbanizable de especial protección. Como norma general, se prohíbe cualquier tipo de construcción, salvo las vinculadas a actuaciones recreativas, senderos, observatorios y centros de la naturaleza o acceso a playas. Con esta protección se incluyen 18 sectores. 

   En tercer lugar, las zonas litorales de protección territorial dos son terrenos que cuentan con valores naturales o paisajísticos, pero en los que ya se ubican usos de naturaleza urbana, aunque irregulares, o los que deben ser preservados de urbanización por sus valores agrícolas y los que permiten la conectividad de la costa con el interior.

   En ese sentido, deberán ser también calificados de no urbanizables en los planeamientos urbanísticos municipales, con especial protección o sistema general de espacios libres.

   Se pueden autorizar construcciones necesarias para la explotación agraria, las vinculadas a actividades recreativas o de interés público para infraestructuras o instalaciones de ocio o turísticas siempre que sean compatibles con la preservación natural de los terrenos. Este grado de protección se aplica a un total de 47 sectores.

   Las provincias con más suelo protegido son Cádiz y Almería, con 19 sectores cada una; seguidas de Málaga (13) y Huelva y Granada (ocho sectores en cada una).

   Con la publicación en el BOJA el próximo día 29 del Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, se levanta la suspensión cautelar que se decretó el 29 de enero para la tramitación urbanística de sectores de suelo urbanizable en los 52 municipios costeros que aún no tienen adaptado su planeamiento urbanístico al Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA).

   A partir de ahora, una vez publicado el documento, la suspensión sólo se mantendrá para los sectores de suelo urbanizable sectorizados o no sectorizados de los municipios no adaptados al POTA afectados por el Plan.

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