Alaya dice que Albarracín "conocía, consentía y cooperaba con su autorización" a la inclusión de 'intrusos'

Publicado: 12/05/2013
En un auto, la juez rechaza el recurso contra su imputación, en el que Albarracín solicitaba "reiteradamente" el sobreseimiento libre y negaba que fuera director de Vitalia y que conociera la inclusión de 'intrusos'
La juez Mercedes Alaya, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares, ha concluido que el exdirectivo de Vitalia Vida Antonio Albarracín "conocía, consentía y cooperaba con su autorización" a la inclusión de 'intrusos' en las pólizas de prejubilación gestionadas por Vitalia, a lo que se suma que "conocía todas las incidencias de las pólizas que pagaba ese magnífico cliente que era la Junta de Andalucía".

   En un auto, consultado por Europa Press, la juez de Instrucción número 6 de Sevilla rechaza el recurso contra su imputación, en el que Albarracín solicitaba "reiteradamente" el sobreseimiento libre y negaba tanto que fuera director de Vitalia, pues "sólo era el abogado de la empresa", como que conociera la inclusión de 'intrusos', lo cual "no le suponía ningún beneficio".

   El imputado también alegó en su recurso de reforma que "no era Vitalia quien cobraba las comisiones, sino las aseguradoras", mientras que también negó su participación en algún acto de cohecho, como "así se ha desprendido" de la declaración de Juan Francisco Trujillo, exchófer del exdirector general de Trabajo Francisco Javier Guerrero, quien "contó que en dos ocasiones se trasladó a Madrid por indicación de Guerrero para recoger dos sobres con dinero de manos de Albarracín".

   Respecto al hecho de que el imputado niegue ser el director de Vitalia, la magistrada dice que ello "no se colige con sus declaraciones policiales o con declaraciones de otros inculpados", pues el 2 de diciembre de 2010 declaró ante la Policía "que desempeña su labor profesional como director comercial de la mercantil Vitalia Vida, cargo que ocupa desde 1997", mientras que el exresponsable en Andalucía de Vitalia Jesús Bordallo, imputado también en esta causa, declaró a la Policía que dependía "de forma directa y orgánica del director general, Antonio Albarracín".

   Además, el propio Guerrero "se refirió a Albarracín como el responsable nacional de Vitalia", por lo que, según concluye la juez, "puede afirmarse en esta fase de la investigación que el hoy recurrente, ya de hecho o de derecho, realizaba las labores de administración de la referida empresa y su jefatura directa sobre los responsables regionales de la misma".

   En segundo lugar, y sobre lo afirmado de que desconocía la inclusión de 'intrusos' en las pólizas gestionadas por Vitalia, la instructora dice en este auto consultado por Europa Press que el análisis de las actuaciones "pondría de manifiesto lo contrario: lo conocía, lo consentía y cooperaba con su autorización a que ello se hiciese, dicho todo esto en términos provisorios".

"CONTACTO FLUIDO CON LA JUNTA"

   La juez argumenta que "la mayor parte de estos falsos trabajadores estaban incluidos en pólizas cuyo cálculo actuarial lo había realizado Vitalia", a lo que se suma que "en el registro llevado a cabo en la sede de Vitalia se detecta un elemento común en los dossier correspondientes a la mayor parte de las pólizas con intrusos", ya que "tanto en el exterior del sobre como en el apartado empresa que figura en la ficha individual que se abre a cada trabajador lleva añadida la palabra 'particular' junto al nombre de la sociedad en cuya póliza se incluye, y asimismo figura el nombre 'Bordallo' en un aparente intento de ser la única persona que trate con ese asegurado especial".

   "Puede deducirse que si Bordallo, encargado regional de Vitalia en Andalucía, dependía directa y orgánicamente de Albarracín", el primero de ellos "consultaría con su director cuantas incidencias podrían tener las pólizas en las que interviniera Vitalia, sobre todo teniendo en cuenta que el hoy recurrente mantenía un contacto fluido con la Junta, que es quien financiaba las pólizas", agrega la juez.

   Asevera, asimismo, que el imputado "conocía hasta tal punto todas las incidencias de las pólizas que pagaba ese magnífico cliente que era la Junta, que olvida que reconoció en su declaración policial del 2 de diciembre de 2010 que supo por Bordallo primero, luego por Fernando Mellet y finalmente por Guerrero que, efectivamente, se iba a incluir" en la póliza correspondiente al ERE de Mercasevilla de 2007 a Antonio Garrido Santoyo, "que nunca había sido trabajador de Mercasevilla pero respecto del cual la empresa tenía un compromiso ineludible con él".

RECHAZA LA PRESCRIPCIÓN DEL DELITO

   En relación al argumento dado por el imputado de que quien ha percibido las comisiones no es Vitalia sino la aseguradora, la magistrada critica "que fracasa nuevamente el argumento, porque no estamos hablando de que se hayan abonado primas de riesgo por encima de la media del mercado, sino de lo que con claridad los informes de la Dirección General de Seguros denominan gastos de adquisición o comisión a mediadores".

   Por último, y respecto a la prescripción alegada, Alaya asevera que "no ha transcurrido el plazo de prescripción del delito, y por tal motivo la imputación por estos hechos tiene plena vigencia".

   La juez dictó este auto en el que rechaza el recurso del encausado contra su imputación el pasado mes de marzo y con anterioridad a la operación 'Heracles', en la que se imputan a Albarracín nuevos hechos en relación al supuesto cobro de 'sobrecomisiones' por parte de las mediadoras que gestionaron las pólizas de prejubilación relacionadas con los ERE.

   Así, y en relación a estos nuevos hechos, Albarracín ingresó en prisión sin fianza, decisión que ha sido recurrida por su abogado.

   En el auto de ingreso en prisión, la juez aseguraba que el imputado "pagó" 4.291.384,10 euros a "los entornos" de los sindicatos UGT y CCOO procedentes de las 'sobrecomisiones' "pactadas" con la Junta de Andalucía en relación a la gestión de las pólizas de prejubilación relacionadas con los ERE.

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