La Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección primera con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado el recurso presentado por la Junta de Andalucía y ha ratificado la sentencia dictada en julio de 2012 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Sevilla, de forma que se obliga al Gobierno andaluz a revelar los datos sobre los contratos y otros aspectos del personal externo de las agencias de la Junta.
Según indica el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) en una nota, esta sentencia "confirma el derecho a la obtención de información por los sindicatos, como propio del derecho a la libertad sindical", algo solicitado por el SAF, confirmado en la sentencia en primera instancia y ahora ratificado por el TSJA.
El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) ha indicado que lleva años exigiendo toda la información referente a "uno de los despilfarros más polémicos y descarados de los últimos tiempos, culminados en la Ley 1/2011 de reordenación el sector público andaluz".
Apunta que el SAF "ha exigido desde todas las vías posibles todos los datos relacionados con el personal externo de las empresas públicas, fundaciones, sociedades y un largo etcétera, todas ellas refundidas en agencias".
El SAF destaca que ha conseguido "numerosas" sentencias a favor, en primera instancia, "pero es ahora cuando el TSJA condena en costas a la Junta y ratifica en sentencia firme el derecho a conocer toda la información sobre el personal externo, como nóminas o funciones".
Este derecho, según confirma el Alto Tribunal andaluz, "ha sido reconocido por el Tribunal Constitucional".
La sentencia impugnada estima el recurso interpuesto contra la resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta por la que se desestima el requerimiento efectuado ello de diciembre de 2010, por el que se interesaba la aportación de copia de los contratos que amparan la presencia de personal externo en el centro de trabajo, especificando las funciones que desempeñaban cada uno de ellos, si disponían de clave privada de acceso a los sistemas informáticos, al tiempo que se solicitaba una relación de plazas vacantes y desdotadas existentes.
EL SAF PIDE A LA JUNTA QUE LA ACATE "SIN DILACIONES"
El sindicato ha explicado que la Administración recurrió fundamentando el recurso de apelación en que el sindicato no se encuentra legitimado para la obtención de la documentación solicitada, un argumento "tumbado por el TSJA en rotundo y reafirma que precisamente el artículo 40 de la Ley 7/2007 reconoce el derecho de la Junta de personal a la obtención de información sobre política de personal, pero ello no excluye que también deba entregarse a los sindicatos, para permitir el ejercicio del derecho a la libertad sindical en su vertiente colectiva, cuando dicha información es necesaria para la defensa de los intereses de sus afiliados".
"La sentencia es clara y afirma que la información requerida tiene, pues, amparo en el artículo 28.1 de la Constitución, por cuanto es necesario para el adecuado ejercicio de la defensa de los funcionarios que representa (refiriéndose a SAF), para evitar que las funciones propias y reservadas por la ley a los mismos, sean desempeñadas por personal que carece de la condición de funcionario público", alude la central sindical.
El Sindicato Andaluz de Funcionarios muestra su satisfacción ante este logro "sin precedentes" en los tribunales y exige a la Junta de Andalucía que "acate este fallo firme sin dilaciones".
El SAF reconoce "recompensada" parte de una "dura lucha" contra el despilfarro generado a través de la contratación externa, "tildada de ilegal por la Justicia, que ha anulado los estatutos y los protocolos de integración del personal externo en las agencias".