Andalucía

Absuelto de violar a una menor marroquí acogida por su familia por "contradicciones" en su relato

La Audiencia Provincial considera probado que la menor "venía conviviendo" en un domicilio de la capital hispalense con sus tíos y con el acusado, J.D.V.P., señalando que "producto de esta convivencia", la menor "desarrolló hacia el acusado sentimientos casi fraternales"

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La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un joven de 25 años que fue juzgado por violar a una menor marroquí de 12 años que había sido acogida cuando tenía ocho años por sus tíos y padres del acusado, todo ello debido a las "contradicciones" existentes en su declaración.

   En la sentencia, consultada por Europa Press, la Audiencia Provincial considera probado que la menor, nacida el 14 de enero de 1996, "venía conviviendo" en un domicilio de la capital hispalense con sus tíos y con el acusado, J.D.V.P., señalando que "producto de esta convivencia", la menor "desarrolló hacia el acusado sentimientos casi fraternales".

   Añade que, el día 9 de septiembre de 2009, la menor se presentó en las dependencias de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social "manifestando que la convivencia con sus familiares era insostenible por los malos tratos que le inferían" los padres del acusado, para quien la Fiscalía y la acusación particular ejercida por la Junta pedían cinco años de cárcel y el pago de una indemnización de 6.000 euros.

   Ese mismo día, "solicitó amparo y protección", ya que "era objeto de malos tratos físicos y psíquicos" por parte de los padres del acusado, mientras que el 14 de octubre de 2009 manifestó a dos testigos que había sufrido tocamientos por parte de su tío, hechos que se investigan en otro sumario.

   Posteriormente, relató a una educadora que "había sido violada" por el acusado, mientras que, al mes siguiente, le contó a una psicóloga que su tío le había hecho tocamientos cuando tenía diez años y que, contando con once años, "se encerró con ella en el cuarto de baño y la golpeó en la cabeza".

   Asimismo, y en distintas entrevistas mantenidas con el equipo de Evaluación e Investigación de Casos de Abusos Sexuales (Eicas), la menor relató distintos tocamientos por parte del procesado aunque "dudó de que hubiera penetración o no", mientras que, en el juzgado instructor, "tan sólo narró tocamientos por todo su cuerpo por parte" del acusado.

   En julio de 2011, se celebró en la sede del Eicas una declaración con la presencia del juez y del fiscal, en la cual la menor "sólo describió tocamientos" por parte del acusado y negó haber mantenido relaciones sexuales con éste "voluntarias o forzadas", ante lo que la psicóloga "le puso de manifiesto la contradicción de su declaración" con el hecho objetivo de la rotura del himen.

   En ese momento, la menor relató que el procesado "se puso encima de ella, pero no describió una penetración", añade la Audiencia, que dice que, en el juicio, se tomó declaración a la niña "en el clima más favorable posible, en el despacho del presidente del tribunal, estando el acusado en el contiguo sin que hubiera contacto visual" entre ambos, no obstante lo cual la menor "se negó a declarar".

   Debido a las "contradicciones" en sus declaraciones, la Audiencia absuelve al imputado.

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