La administración andaluza reclamaba pagar a las personas que localizaron los restos en la presa del río Barbate, en el término municipal gaditano de Alcalá de los Gazules, sólo el importe equivalente a la valoración de los huesos y trozos de vasija.
No obstante, el alto tribunal rechaza el recurso de casación planteado por la Junta andaluza y da la razón a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ya acordó que la valoración debía referirse a la necrópolis al completo, tanto en sus elementos muebles como inmuebles.
Después de que los dos descubridores encontraran los restos óseos, la zona fue visitaba por personal técnico que comprobó la existencia de estructuras excavadas en el terreno natural, así como ostostratos que podrían configurar dólmenes de pequeño y mediano tamaño y por tanto estructuras funerarias artificiales.
El descubrimiento desencadenó una intervención arqueológica que dio lugar a la localización de varias sepulturas en lo que se conoce como la Necrópolis del Paraje de Monte Bajo.
El Supremo considera que "el hallazgo inicial fue la causa desencadenante de la localización del todo" y menciona el precedente establecido por la villa romana de Carranque que, a pesar de sus notables proporciones, partió del descubrimiento de un único mosaico.
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