Asimismo, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, R.A.P deberá de indemnizar por los perjuicios causados con una cantidad que quedará determinada en la ejecución de la sentencia.
Los hechos se iniciaron a comienzos del 2007 cuando un empresario de Motril contactó a través de internet con el acusado que tenía una página web como representante de una empresa que ofrecía productos relacionados con el sector de rótulos e imprenta.
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es