El sindicato
CGT ha denunciado públicamente que la panadería malagueña que se encuentra con un
proceso judicial abierto tras emitir una nómina de uno de sus trabajadores que ponía en el concepto “
nómina abril maricón” presenta diversas irregularidades detectadas en una inspección de trabajo.
Mientras señalan que el afectado, J.C., “quiere trasladar a la opinión pública a través de una nota de prensa que
todo está siguiendo el curso legal estando en manos de una abogada en la que tenemos plena confianza, seguimos y
seguiremos luchando para que cosas así no queden impunes, y el poder ayudar y dar
fuerza a la gente que se encuentra en la misma situación, que no se callen y denuncien”, desde el sindicato han puesto sobre la mesa que tras la interposición de la pertinente denuncia, la
Inspección de Trabajo de Málaga ha continuado en sus actuaciones contra “el modo de proceder de la panadería La semilla de oro SL y ha emitido una nueva resolución por la que, según aseguran, “deja en evidencia el
fraude de esta empresa en las
cotizaciones a la seguridad social de su plantilla obligándole a regularizar las liquidaciones de los últimos cuatro años mediante acta de liquidación de cuotas”.
También, que asimismo, las funcionarias actuantes “han requerido a la empresa para que
cumpla la legalidad en materia de registros de jornada de las personas trabajadoras”.
CGT destaca que estas actuaciones inspectoras se unen al
embargo realizado por el Juzgado de lo Social número 5 de Málaga para “garantizar evitar alguna maniobra encaminada a burlar la acción de la justicia por parte de la panadería homófoba y sus gestores que pudiese conllevar la posible inaplicación de lo que pueda resultar en la sentencia una vez celebrado el juicio y juzgadas las
actuaciones impropias, discriminatorias, vejatorias y atentatorias contra la dignidad del trabajador y contra sus derechos fundamentales”.
El sindicato asegura además que la propia Inspección de Trabajo ha emitido
informe dirigido al Juzgado de lo Social “en relación a la
inculpación por parte de la panadería y sus defensores jurídicos al becario" del banco emsior de la nómina, achacándole la autoría de aplicar el concepto “nómina de abril maricón” en el
apunte bancario por el que "se le realizaba la
transferencia tardía correspondiente a su nómina” porque las comprobaciones inspectoras realizadas han sido absolutamente tajantes en las conclusiones sobre que
es el empresario quién ordenó tácitamente que había que incluir maricón en el concepto”.
Así las cosas, el afectado ha indicado también que “tenemos que luchar por nuestros derechos y nadie puede recibir ningún tipo de humillación ni trato vejatorio por parte de un empresario”.