Andalucía

'Súper López', procesado por no tributar en España sus ganancias como representante

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado procesar a los exfutbolistas del Atlético de Madrid Juanma López y Mariano Aguilar

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  • Audiencia Nacional. -

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado procesar a los exfutbolistas del Atlético de Madrid Juanma López --apodado 'Súper Lopez'-- y Mariano Aguilar, en la actualidad agentes de futbolistas, así como al fondo Doyen Sports y a su representante, por no tributar en España las ganancias obtenidas por la representación de futbolistas.

En la resolución del titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, recogida por Europa Press, se explica que el fondo de inversión Doyen Sports Investment Limited, representada por el también procesado Nelio Freire Lucas, "realizó toda su actividad en el mercado del fútbol español (...) bien mediante la suscripción de contratos TPO respecto a jugadores de LaLiga y vinculados a determinados clubes; bien mediante los contratos de préstamos que suscribió con clubes de fútbol españoles o con personas físicas relacionadas con dichos clubes".

Los contratos TPO consisten en que los derechos económicos de los jugadores están en manos de terceras partes, como en las de un agente. Y de hecho, Pedraz indica que fueron Mariano Aguilar y Juanma López --que lleva la representación por ejemplo de Álvaro Morata-- los que actuaban como agentes de Doyen Sports a través de las mercantiles Assets 4 Sports y la maltesa Vela Management.

"Nacionalidad maltesa"

El auto explica que por su actividad, Doyen Sports obtuvo "importantes ingresos" entre 2013 y 2017, y que por los mismos "no tributó en España amparándose en su nacionalidad maltesa".

"Sin embargo, su actividad la realizó como un establecimiento permanente, como así se describe en el Convenio suscrito entre el Reino de España y Malta de 8 de noviembre de 2005, siendo las cantidades dejadas de ingresar en esos periodos (...) superiores a las cuotas determinadas en los artículos 305 y 305 bis del Código Penal", explica el juez.

El juez añade que tanto Aguilar como 'Súper López' --que también fue internacional con la Selección-- no solo actuaron como agentes de Doyen Sports en ese periodo "percibiendo por ello ingresos", sino que también realizaron actividades profesionales en su condición de agentes de futbolistas y clubes de fútbol y "ambos simularon ser no residentes en España con objeto de no tributar por los ingresos que percibieron".

Numerosas diligencias

La resolución del juez explica que el procedimiento se inició tras la querella de la Fiscalía contra Nelio Freire Lucas, Mariano Aguilar, Juan Manuel López, Rocío del Carmen Sánchez, Miguel Ángel Aguilar y Doyen Sports Investment Limited, por los presuntos delitos de defraudación a Hacienda y blanqueo de capitales.

Si bien, finalmente, el magistrado ha acordado archivar el asunto tanto para Rocío del Carmen Sánchez como para Miguel Ángel Aguilar, así como no imputar a los procesados el delito de blanqueo.

El auto, de cinco páginas, añade que a lo largo de la investigación se ha obtenido todo tipo de información tributaria, de documentación recabada a través diferentes órdenes europeas de investigación (OEI) a Portugal y Malta, o de comisiones rogatorias a Reino Unido, Jersey, Emiratos Árabes o Suiza.

Suma que se ha completado la investigación con "información procedente de las autoridades monegascas y alemanas", y con diferentes registros en los domicilios de los investigados y en las sedes de las mercantiles relacionadas con ellos como la sede Assets 4 Sports, el Grupo Alianzas y el despacho de López Herrera y Asociados.

Para fundamentar su auto, Pedraz explica que también se efectuaron numerosos requerimientos de información tanto a entidades bancarias --Banco de Sabadell y Banco Santander-- como a distintos clubes de fútbol, como por ejemplo al Atlético de Madrid, Cádiz Club de Fútbol, Elche CF, Getafe SAD, Sevilla Club de Fútbol, Sporting de Gijón, y el Valencia CF, entre otros.

Además, en este auto, el juez traslada tanto a la Fiscalía como a las partes que deben formular sus escritos de acusación o defensa, y explica que contra esta decisión cabe recurso.

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