Andalucía

La amnistía beneficia a 102 personas en dos meses, solo un 20% de lo previsto por la Fiscalía

Esos dos meses era el plazo que tenían los jueces para aplicar la norma, al margen de recursos y cuestiones prejudiciales

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  • Fachada del Tribunal Supremo. -

El número de personas que han sido beneficiadas por la amnistía al 'procés' asciende al menos a 102, entre condenados que han sido exonerados y absueltos que han visto cancelados sus antecedentes --incluidos los policiales-- desde que la norma entró en vigor hace dos meses, el pasado 10 de junio.

Entre los beneficiados con mayor relevancia se encuentran el jefe de la oficina de Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay, el escolta del propio expresidente catalán Lluís Escolà, el exconseller de Interior del Govern Miquel Buch así como varios exconcejales del PSC y la exalcaldesa de Figueres Marta Felip.

Todas las amnistías concedidas hasta ahora han sido acordadas en los tribunales y juzgados con sede en Cataluña. Se han visto beneficiadas personas encausadas por delitos de malversación, prevaricación, desobediencia, desórdenes públicos, pertenencia a grupo criminal, tenencia de artefactos explosivos, delitos contra la seguridad vial, atentado contra la autoridad, delitos contra la integridad moral y lesiones.

Dos meses después de que los jueces hayan comenzado a aplicar la norma, el número de beneficiados estimado por la Fiscalía --existen 82 causas y 486 personas podrían disfrutar de la amnistía-- todavía está lejos de alcanzarse. El Ministerio Público también matizó que es posible que no se pueda aplicar la amnistía en todos los procedimientos porque hay causas con delitos que no se incluyen en la ley --como, por ejemplo, delitos de odio-- en conjunto con otros que sí se contemplan en el texto legal.

En algunos casos, además, el proceso de su posible aplicación se dilatará previsiblemente meses. Tal es el caso del expresidente de la Generalitat Quim Torra y de los exdiputados del Parlament Pau Juvillà (CUP) y Bernat Solé (ERC). A finales del pasado mes de julio la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) acordó elevar sus respectivas causas al Tribunal Constitucional ante las dudas de que la aplicación de la Ley de Amnistía vulnere preceptos recogidos en la Carta Magna.

El TSJC también planteó cuestiones de inconstitucionalidad en los hechos imputados a la exconsellera de Cultura Natalia Garriga (ERC); el exsecretario de Vicepresidencia de la Generalitat Josep Maria Jové, y al exsecretario de Hacienda y actual presidente del Puerto de Barcelona, Lluís Salvadó.

El principal excluido en la aplicación de la norma es Puigdemont, a quien todavía le quedan pendiente dos frentes judiciales: las consecuencias del 'procés' y la supuesta trama rusa del independentismo catalán.

En el primer caso, el juez Pablo Llarena rechazó aplicar la amnistía al delito de malversación, el único que se le imputa actualmente. Sobre Puigdemont pesa precisamente una orden de detención que debió ser ejecutada tras su regreso a España la pasada semana, pero su huida evitó que declarase ante el magistrado.

En el segundo caso, el relativo a los presuntos contactos del independentismo con el Kremlin para lograr apoyos, el alto tribunal debe contestar a la exposición razonada que el juez Joaquín Aguirre le remitió pidiendo que investigase al expresidente catalán.

Los que sí han resultado amnistiados han sido 46 agentes de la Policía Nacional que estaban siendo investigados por las cargas del 1-O en colegios electorales de Barcelona. El juez consideró que la amnistía debía ser aplicada en este caso porque "las actuaciones investigadas fueron de escasa duración individual" y estuvieron "enmarcadas en un objetivo policial definido" que no se prolongó en el tiempo "más allá de la propia maniobra policial de entrada y salida de los distintos colegios electorales".

También consta el caso de un exsecretario del Ayuntamiento de Hostalric (Girona), que fue condenado por prevaricación a 9 años de inhabilitación especial para empleo de cargo público por "exagerar" la actuación de un grupo de personas que acudieron al pueblo para retirar lazos amarillos y pancartas en apoyo al proceso independentista.

La Audiencia de Barcelona, por su parte, ha amnistiado hasta la fecha a cuatro miembros de los Mossos d'Esquadra acusados de delitos contra la integridad moral y lesiones.

Al margen, la amnistía también ha afectado entre otros a una treintena de manifestantes en las últimas semanas. Unos habían sido condenados por un delito de atentado contra la autoridad durante las protestas del 1 de octubre de 2020 en Barcelona; otros por las manifestaciones en Cataluña entre 2018 y 2019 a favor del 'procés'.

El TSJ catalán también ha amnistiado a una persona que había sido condenada por un delito de tenencia de artefactos explosivos después de que en diciembre 2018 los Mossos d'Esquadra le requisaran la mochila en una manifestación.

El hombre llevaba, entre otras cuestiones, una botella de plástico con un líquido "muy corrosivo que produce quemaduras en contacto con la piel, por ingestión o por inhalación de sus vapores" envuelta en cinta de embalar con la inscripción de "Puta España". El tribunal ha amnistiado también a otras dos personas que fueron absueltas en el mismo procedimiento.

Hasta el momento, varios tribunales han acordado esperar a aplicar la amnistía ante las dudas que tienen sobre la legalidad de la ley. El Tribunal Supremo ha consultado ya al Tribunal Constitucional por la amnistía a los desórdenes públicos del 'procés' al considerar que vulnera el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

Al margen, el alto tribunal ha planteado a las acusaciones y defensas la posibilidad de consultar al Tribunal Constitucional sobre la redacción de la norma en lo relativo a los delitos de desobediencia. Está pendiente que resuelva qué va a hacer.

Por su parte, en la Audiencia Nacional y el TSJ de Cataluña han barajado preguntar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la aplicabilidad de la ley a los delitos de terrorismo, desobediencia, prevaricación y malversación. Ya el pasado 1 de julio el Supremo rechazó aplicar la amnistía al delito de malversación.

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