Ha sido condenado a cuatro meses de cárcel, multa de 360 euros y a pagar 15.000 euros a la secretaria del juzgado.
El juez de paz de un pueblo de la Sierra Norte de Sevilla ha sido condenado a cuatro meses de cárcel, multa de 360 euros y a pagar 15.000 euros a la secretaria del juzgado, a la que acosó sexualmente y, al verse rechazado, emprendió una campaña de desprestigio contra ella.
La sentencia del juzgado penal 2, a la que ha tenido acceso Efe, explica que el acusado Manuel V.S., de 63 años, llegó en 1998 al juzgado de paz de la citada localidad, donde la denunciante ejercía como secretaria desde 1994.
A partir de la primavera de 2003, el acusado empezó a manifestar a la denunciante que estaba enamorado de ella, a lo que la mujer le respondía que solo podía ofrecerle su amistad.
A pesar de ese rechazo, el juez de paz "insistió en su actitud, dirigiendo numerosas notas en tono afectivo y pretendiendo obtener algo más que amistad", recoge la sentencia.
Cuando comprobó que la mujer hacía caso omiso de sus pretensiones, Manuel V.S. "empezó a volverse más hostil", actitud que se manifestaba en las relaciones de trabajo, criticando ante terceras personas la labor que desempeñaba la secretaria o incluso relatando que mantenía con ellas relaciones íntimas.
A finales de 2006, el acusado empezó a dirigir a la mujer mensajes de contenido sexual y soez como "tu me cogiste miedo cuando te dije que la tenía muy grande y muy gorda y que soy muy potente y nunca estoy harto", así como con comentarios sobre el placer sexual que supuestamente procuraba a las mujeres.
En este punto, la secretaria comenzó a sufrir crisis de ansiedad y consiguió que, en marzo de 2006, el Ayuntamiento le cambiase las condiciones de trabajo para no coincidir con el acusado, pero éste seguía remitiéndole mensajes de hostigamiento al teléfono móvil e insistiendo en sus pretensiones.
Cuando la secretaria causó baja por depresión en julio de 2006, el acusado refirió a la secretaria sustituta que "pensaba hundirla personal y profesionalmente, además de realizarle insinuaciones de que mantenía con la denunciante una relación íntima", explica el fallo.
Precisa que la baja laboral de la víctima persistió hasta junio de 2007, por lo que la condena incluye una multa de 360 euros por una falta de lesiones psíquicas y el pago de una indemnización de 15.000 euros a la víctima.
La sentencia razona que la denuncia reúne todas las condiciones de persistencia en el tiempo y credibilidad que exige la jurisprudencia, y considera que no se ha acreditado que la mujer tuviera motivos espurios debido a la denuncia del juez de paz de que ella no podía simultanear su trabajo como secretaria y como abogada.
La conducta del acusado "difícilmente puede considerarse como de menor entidad", según la sentencia, pues forzó a la secretaria a llevar a cabo su trabajo de manera "anómala para cualquier órgano judicial, sin que puedan verse el juez y la secretaria" y además por el "carácter humillante que se deriva de la naturaleza de las notas y de intentar poner en entredicho la conducta" de la víctima.
El acusado pidió que se le aplicase la eximente de "obsesión intensa" u "obcecación" y, en su defecto, de enfermedad mental, pero la sentencia responde que para apreciar tales atenuantes "es necesaria además la existencia de un previo estímulo procedente de la víctima", que no existió en este caso.
También rechaza la atenuante de dilaciones indebidas, pues "teniendo en cuenta las limitaciones de la administración de justicia", este caso se abrió en agosto de 2006 y se tramitó "realizando las prácticas necesarias".