La marca Bitcoin es de dominio público, según el tribunal de Bilbao

Publicado: 17/06/2024
Este veredicto surge después de un intenso litigio que involucró a la empresa Bit2Me y a un demandante que pretendía monopolizar el uso comercial
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao ha declarado que el logotipo de Bitcoin es de uso público, negando así la posibilidad de explotación comercial exclusiva por parte de cualquier entidad. Este veredicto surge después de un intenso litigio que involucró a la empresa Bit2Me y a un demandante que pretendía monopolizar el uso comercial del símbolo ampliamente reconocido de la criptomoneda.

La decisión judicial y sus efectos

La sentencia, que ha resonado en el mercado de criptomonedas, establece que el logotipo de Bitcoin no puede ser objeto de registro bajo una marca comercial, fortaleciendo así su carácter de dominio público. La disputa comenzó cuando Bit2Me fue acusada de infringir derechos de marca al utilizar el famoso logotipo, que había sido registrado indebidamente por otra empresa bajo la clase 35, que incluye servicios de publicidad y gestión de negocios.

En España, el mercado de criptomonedas tiene un volumen de transacciones de más de 60.000 millones de euros por año. Y los símbolos de los tokens son importantes para los proyectos, ya que son la principal manera en que los usuarios identifican las criptomonedas. Desde la concepción de la idea, como ocurre con las ICO criptomonedas, hasta su consolidación en el mercado, estas imágenes adquieren valor y están vinculadas al criptoactivo al que fueron designadas.

Durante el proceso, se argumentó con éxito que tanto el término "Bitcoin" como su logotipo correspondiente era de dominio público desde su creación, habiendo aparecido por primera vez en el foro bitcointalk.org en noviembre de 2010, junto con la publicación del whitepaper de Bitcoin por Satoshi Nakamoto. Él presentó inicialmente una moneda dorada con las iniciales "BC". Más tarde, durante los debates en el foro, surgió la propuesta de utilizar el símbolo del baht tailandés, pero finalmente se optó por una versión modificada que incluía dos líneas verticales a través de la letra "B".

Este diseño fue adoptado ampliamente y, en febrero de 2010, Satoshi presentó una versión que finalmente evolucionó hacia el diseño actual conocido globalmente. El juez señaló en su fallo que el que creó logotipo registrado por el que demanda lo cedió a la comunidad para que lo utilicen sin restricciones, y que dicho uso no permite que alguien se apropie del logotipo con fines comerciales.

Impacto en el sector de las criptomonedas

Esta decisión se percibe como una gran victoria para la comunidad de criptomonedas y sirve como un recordatorio sobre los límites de la propiedad intelectual en este sector. En un entorno donde los términos y símbolos se utilizan a menudo de manera colectiva, la decisión subraya la importancia de actuar de buena fe en los registros de marcas, para evitar litigios prolongados y posibles anulaciones de registros existentes. El fallo no solo exoneró a Bit2Me de todas las acusaciones, sino que también estableció un precedente sobre cómo deben tratarse legalmente los símbolos asociados con las criptomonedas.

El caso destacó el abuso de confianza por parte del demandante, quien intentó beneficiarse indebidamente de la reputación del símbolo creado colectivamente. Bit2Me, siendo una de las plataformas de criptoactivos más reconocidas y la primera en ser registrada oficialmente por el Banco de España, ha contribuido mucho a establecer estándares de transparencia y regulación en el mercado de criptomonedas español. La empresa ha sido pionera en cumplir con las regulaciones y también ha demostrado un fuerte compromiso con la seguridad y la protección de los usuarios, destacándose por sus prácticas éticas en un sector frecuentemente plagado de desafíos regulatorios y de seguridad​.

La decisión del tribunal de Bilbao es un claro ejemplo de cómo la legislación puede evolucionar para proteger los principios de las comunidades digitales y el libre intercambio de conocimiento. De esta manera, se asegura que los avances tecnológicos y la colaboración comunitaria no sean obstaculizados por intereses comerciales inapropiados. Este caso ejemplifica la necesidad continua de vigilancia e integridad en la gestión de derechos asociados a las nuevas tecnologías, especialmente en un sector tan revolucionario como el de las criptomonedas.

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