Fuentes de su defensa han informado a Efe de que Pardo ha pagado las multas a que fue condenado y la indemnización de 5.901 euros al Ayuntamiento de Sevilla, en contra de lo que afirmó el TSJA para denegarle dicho beneficio.
Según su defensa, Pardo fue condenado a dos años de cárcel por un lado y a 21 meses por otro, por lo que en su caso debe aplicarse la norma más favorable para el reo, que es la suspensión del ingreso en prisión al ser cada pena individual inferior a los dos años de cárcel.
En cuanto a la “peligrosidad” y “trayectoria delictiva” alegada para negar la conmutación, la defensa argumenta que sus antecedentes penales consisten en una alcoholemia, una falta de amenazas y delitos menores de coacciones y hurto, que están cancelados.
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