El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso contra la sentencia que condenó a penas de 46 y 41 años de cárcel, a J.A.M.B. y J.M.P.P., respectivamente, dos varones acusados de asesinar a dos hombres cuyos cadáveres fueron hallados en un pozo de una finca de Cartaya en 2019.
En la sentencia, según ha informado el TSJA en un comunicado, el alto tribunal desestima íntegramente el recurso de apelación presentado por la defensa de uno de los condenados -J.M.P.P.- contra la sentencia de la Audiencia de Huelva que condenó a los dos investigados por dos delitos de asesinato -uno de ellos con alevosía y el otro con alevosía y ensañamiento-, concurriendo en ambos casos la agravante de abuso de confianza y en uno de ellos la atenuante analógica de confesión.
En el recurso se alegaron, entre otros motivos, vulneración del derecho a la presunción de inocencia y del principio 'in dubio pro reo' en relación a su participación en los golpes que causaron la muerte de M.B.G., cuya autoría niega y achaca solo al otro condenado, considerando que en el supuesto más desfavorable para él sólo podría calificarse su conducta como cómplice.
Frente a ello, el TSJA considera que sin su contribución nada habría sido igual", a lo que agrega que "no puede hablarse pues que no tuviera intención de causar su muerte, y si no se produjo en la forma pactada fue por la equivocación del recurrente causada por la oscuridad".
"El resultado de muerte era ciertamente perseguido por ambos acusados, y así se produjo a golpes por uno de ellos, sin oposición del contrario, y continuó con el intento de destrucción de cualquier huella delatora", ha aseverado el TSJA en esta sentencia contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Los hechos
De conformidad al veredicto de culpabilidad emitido por el jurado, la Audiencia declaró probado que J.M.P.P. se puso de acuerdo con el otro condenado J.A.M.B., para "acabar con la vida" de M.B.G., con quien ambos habían tenido graves conflictos previos relacionados, en su mayor parte, con el tráfico de drogas.
Para ello, J.A.M.B. contactó el 14 de abril de 2019 con la víctima M.B.G. para que lo acompañase a una finca ubicada en Cartaya y propiedad de la suegra del otro condenado bajo el falso pretexto de apoderarse de una cantidad indeterminada de droga que estaría allí escondida; allí les esperaría J.M.P.P., oculto y armado con una escopeta de su propiedad para acabar con su vida.
Una vez en la finca, a la que llegaron en un vehículo conducido por S.V.C. a quien la víctima le pidió que los llevara al no tener carné de conducir, encontrándose las tres personas fuera del vehículo, J.M.P.P. disparó con su escopeta, si bien no alcanzó a su objetivo sino a la persona que había servido de chófer, ocasionándole una muerte inmediata.
Tras advertir que M.B.G. continuaba con vida, J.M.P.P. le disparó sin llegar a alcanzarle, agotando los cartuchos del arma y acercándose hasta el punto en el que la víctima se encontraba junto al otro condenado, tras lo que ambos encausados persistieron en su intención de eliminarle, propinándole múltiples golpes con el cañón del metal y la culata del arma hasta matarlo.
Tras perpetrar ambas muertes, los acusados arrastraron los cuerpos hasta un pozo de la misma finca y los arrojaron a su interior, ocultándolos a la vista de terceros; se montaron cada uno en un vehículo y condujeron hasta una carretera cercana al cementerio de Huelva donde prendieron fuego al vehículo donde J.A.M.B. se había desplazado a la finca con los dos fallecidos.
Seguidamente, ambos abandonaron la zona en el otro coche en dirección a Cartaya, arrojando en el trayecto a la ría del Odiel teléfonos móviles de los fallecidos.
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