428 saldrían de la empresa mediante prejubilaciones, 130 por bajas indemnizadas y 110 por suspensiones de contrato compensadas
El acuerdo laboral alcanzado entre la dirección de la BBK y los sindicatos en CajaSur (Aspromonte, CCOO y la UGT) supone un recorte que afectaría a 668 trabajadores, de los cuales 428 saldrían de la empresa mediante prejubilaciones, 130 por bajas indemnizadas y 110 por suspensiones de contrato compensadas.
El acuerdo supone un ahorro de personal de 42 millones de euros, que en su mayoría (36,5 millones) se obtendrán de un programa de prejubilaciones y de bajas indemnizadas, mientras que el resto (5,5 millones) de un plan de suspensiones de contrato compensadas y reducciones de jornada, según han informado en un comunicado conjunto los sindicatos.
De este modo, el acuerdo, firmado por el cien por cien de la representación sindical, recoge una oferta universal a las 428 personas que cumplen 56 años antes del 31 de diciembre de 2013 con el 87 por ciento del salario neto en el momento de la prejubilación (o a 31 de diciembre de 2009 si fuese superior), añadiendo aportaciones al plan de pensiones, además de una prima social lineal de 30.000 euros que incentive la oferta para quienes se adscriban durante el periodo de adhesión.
Además, el acuerdo prevé un convenio especial de cotización con la Seguridad Social a cargo del Banco desde la prejubilación hasta el momento efectivo de la jubilación y una previsión de abordar la posible ampliación legal de la edad de jubilación, así como el mantenimiento de condiciones sociales, especialmente las financieras.
Por otra parte, el programa de bajas indemnizadas estará limitada a un máximo de 130 solicitudes, con abono de una indemnización que va desde las doce mensualidades para empleados con hasta tres años de antigüedad a las 33 mensualidades para trabajadores con quince o más años de antigüedad.
Para aplicarlas, se fija como salario de referencia al momento de la baja o el 31 de diciembre de 2009 si fuese superior.
Para este grupo también se fija una prima adicional de 3.000 euros para el periodo de adhesión voluntaria.
Por su parte, el programa de suspensiones de contrato compensadas se limita a un máximo de 110 solicitudes, con una duración de 4 años abonándose anualmente el 25 por ciento del salario bruto al momento de la suspensión o a 31 de diciembre de 2009 si fuese superior, con prima adicional de 3.000 euros para el periodo de adhesión voluntaria.
En caso de no producirse la reincorporación, se producirá la extinción en las mismas condiciones que la baja incentivada, con una serie de primas entre 2.000 y 7.000 euros.
La reducción de jornadas tendrá una duración de 4 años, con percepción de un 60 por ciento del salario si la reducción es del 50 por ciento y un 80 si es del 25, adicional a la prestación por desempleo parcial.
Además, el acuerdo recoge una serie de garantías para el trabajador en caso de movilidad geográfica -como indemnizaciones o accesos a prestamos para primera vivienda, entre otros- que se limita a aquellos supuestos en los que se produzca cierre de oficinas o reestructuración que no sea viable la reubicación del empleado en otro centro de trabajo situado en un radio de 25 kilómetros.
Por otra parte, el acuerdo recoge el mantenimiento del Convenio Colectivo Estatal de Cajas de Ahorros como marco normativo básico, aunque pase a ser un Banco, en concreto, el BBK Bank CajaSur.
También recoge un compromiso de que las medidas que fueran precisas para la reordenación o reestructuración de plantillas de las empresas participadas instrumentales y la Obra Social serán negociadas con la representación laboral.
Las tres organizaciones sindicales han asegurado en el comunicado que este acuerdo garantiza las condiciones laborales y articula medidas de reorganización con un amplio papel de la Comisión de Seguimiento y Garantía, a fin de conciliar el objetivo de viabilidad empresarial y de ajuste estructural y coyuntural de costes, con el de voluntariedad en la adhesión a las medidas.
Por su parte, la dirección de BBK Bank CajaSur ha emitido un comunicado en el que sostiene que estas medidas son necesarias para asegurar la viabilidad a medio y largo plazo de la entidad y, en consecuencia, para garantizar el empleo de la plantilla resultante.