El caso Restalia arrancó con la denuncia interpuesta en 2021 por una treintena de franquiciados del grupo, a los que luego se unieron más
La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado el archivo por parte de un juzgado del caso Restalia, sobre una presunta estafa a franquiciados de este grupo, argumentando que hay indicios de un delito que, por su dimensión, es competencia de la Audiencia Nacional, como ya argumentó el pasado mes de noviembre.
En un auto al que ha tenido acceso EFE, la Sección 5 de la audiencia madrileña estima el recurso que interpusieron los afectados y la Fiscalía contra la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 52 de Madrid de sobreseer provisionalmente la causa en enero de 2023, y revoca esta decisión.
La misma Sección ya ordenó el pasado mes de noviembre que sea la Audiencia Nacional la que investigue el caso, en lugar del magistrado de Plaza de Castilla, que archivó la causa y defendió su competencia en contra del criterio de los denunciantes y de la Fiscalía.
En ese auto de noviembre, contra el que no cabe recurso, los magistrados de la Audiencia Provincial expusieron que "el propio juez califica los hechos como presuntamente constitutivos de un delito de estafa, esto es, de una defraudación", y hay múltiples perjudicados en varias provincias, con una actividad presuntamente delictiva "de relevante significación económica".
Ahora los mismos magistrados resuelven sobre el archivo recordando que en ese auto anterior ya argumentaron que "de las diligencias practicadas se acredita que los hechos objeto del procedimiento podrían ser 'constitutivos de los delitos de estafa en los que se habría empleado engaño a potenciales empresarios interesados en abrir determinadas franquicias para así lograr que firmaran los correspondientes contratos'".
"Y tal proceder no puede ser subsumido en un delito de defraudación o maquinación para alterar el precio de las cosas, por lo que con independencia de que ciertamente los efectos de los presuntos delitos investigados se extiendan a más de una comunidad autónoma, la competencia objetiva puede ser atribuida a la Audiencia Nacional", recuerdan textualmente.
Por eso estiman el recurso que pide revocar el archivo de la causa y que se siga investigando.
Ahora el magistrado instructor deberá revocar el archivo e inhibirse en favor de la Audiencia Nacional, han explicado fuentes jurídicas.
El caso Restalia arrancó con la denuncia interpuesta en 2021 por una treintena de franquiciados del grupo, a los que luego se unieron más, contra varios responsables del grupo, la propia sociedad y varias de sus filiales como 100 Montaditos, La Sureña y The Good Burger (TGB), a los que se acusa de actuar "con engaño" hacia los franquiciados, muchos de los cuales se vieron abocados "a ruina económica".
El Juzgado de Instrucción número 52 de Madrid abrió una investigación por presuntos delitos de estafa, organización criminal, coacciones, delitos informáticos y delitos contra los consumidores, que eran los que exponían en la denuncia los afectados, representados por los bufetes Cremades & Calvo-Sotelo y Rafael Franco Abogados.
Pero tras recibir un informe pericial económico el magistrado Jesús de Jesús Sánchez sobreseyó provisionalmente la causa en enero de 2023, alegando que no hay delito de defraudación o maquinación para alterar el precio de las cosas, y ya en junio desestimó la petición de cambio de jurisdicción.
Los denunciantes recurrieron el sobreseimiento y alegaron que el caso debe dirimirse en la Audiencia Nacional, y la Audiencia Provincial les ha dado la razón.