Andalucía

Declaran culpable al imputado por el crimen de Roquetas

Según el veredicto del jurado popular

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Un jurado popular declaró ayer culpable de un delito de homicidio a Juan José O. N, alias “El Bollo”, al considerar demostrado que asestó una puñalada mortal al joven senegalés Ousmane Kote el 6 de septiembre de 2008 en la barriada de las “200 viviendas” de Roquetas de Mar (Almería).

El jurado considera probado que Juan José O. N. tuvo intencionalidad de matar, en contra de lo defendido por el acusado, que mantiene que fue una cuchillada accidental, y ha descartado que actuara bajo un miedo insuperable durante la reyerta en la que perdió la vida Kote, de 28 años, así como que estuviera bajo el efecto de las drogas y el alcohol.

El fiscal ha mantenido su petición de pena de doce años de prisión, además de una indemnización de 180.000 para la familia de Kote, que reside en Senegal.

La acusación particular ha solicitado 15 años de cárcel y una indemnización de 300.000 euros, mientras que la defensa de “El Bollo” ha interesado una pena de diez años de prisión.

La muerte de Kote el 6 de septiembre de 2008 provocó tres noches de graves altercados públicos y obligó a un amplio despliegue de equipos antidisturbios en la barriada de Roquetas de Mar.

Durante el juicio, “El Bollo” ha sostenido que la herida por arma blanca se produjo de manera fortuita cuando movía el cuchillo de un lado a otro para tratar de apartar a varias personas negras que les estaban agrediendo a él y a cuatro menores amigos suyos, con el objetivo de huir del lugar.

El acusado aseguró que no tuvo intención alguna de matar y que fue Kote quien se clavó accidentalmente el cuchillo al abalanzarse sobre él.

La defensa de “El Bollo” calificó los hechos de homicidio imprudente, al considerar que la agresión fue involuntaria, por lo que interesó una pena de un año de prisión.

En la última sesión del juicio, celebrada el pasado viernes, la defensa del acusado ofreció la alternativa de calificar los hechos de delito de lesiones, con una pena de dos años y seis meses de prisión, con el atenuante de intoxicación por consumo de drogas y alcohol.

Por su parte, la acusación particular modificó su calificación inicial de asesinato a homicidio, al considerar que en el juicio no se acreditó la existencia de motivaciones xenófobas, y rebajó la solicitud de pena de dieciocho a quince años de prisión.

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