Por las subvenciones concedidas a la empresa Matsa
La Sección Primera de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado “pertinente” y ha admitido que el vicepresidente tercero y ministro de Política Territorial, Manuel Chaves, sea sometido en calidad de testigo a una “prueba de interrogatorio” en las diligencias que se siguen en dicha jurisprudencia, a cuenta de las acciones judiciales promovidas por el PP contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía que libró una subvención de más de diez millones de euros para la empresa Minas de Aguas Teñidas S.A. (Matsa), para la que trabajaba una hija del por entonces presidente del Gobierno andaluz.
En concreto, y según una providencia facilitada por el PP a Europa Press, la Sección Primera de la sala de lo Contencioso Administrativo del Alto tribunal andaluz “declara pertinente” y “admite” una “prueba de interrogatorio” de Manuel Chaves como “testigo”. A tal efecto, el TSJA requiere a la parte recurrente al objeto de que, en un plazo de cinco días, “aporte a esta sala el interrogatorio de preguntas, a fin de declarar su pertinencia”. La providencia, además, admite y declara pertinentes también otras “pruebas documentales interesadas”, al tiempo que tiene por “aportada” otra prueba documental interesada por el PP.
Esta providencia se enmarca en las diligencias incoadas en la vía contencioso administrativa a partir de las acciones judiciales promovidas por el PP contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía que autorizaba la concesión de una ayuda pública de más de diez millones de euros para Matsa. Este acuerdo, en concreto, se materializaba cuando Manuel Chaves ostentaba aún la Presidencia del Ejecutivo autonómico y una de sus hijas figuraba en empresa beneficiaria.
Al respecto, cabe recordar que el 17 de febrero del año en curso, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) rechazaba por unanimidad, y por tanto archivaba, la querella impulsada por el PP contra el vicepresidente tercero del Gobierno a cuenta de la concesión de la citada subvención, en la que el PP atisbaba presuntos delitos de prevaricación, malversación de fondos públicos y tráfico de influencias. El TS atendía así la petición de la Fiscalía, que había interesado la inadmisión de la querella y el archivo de las diligencias “por no ser los hechos constitutivos de delito”.