La Fiscalía de Sevilla reclamará hoy una pena de once años de prisión para un hombre de 59 años acusado de abusar sexualmente de la hija de su novia durante más de una década, concretamente desde que la niña contaba con seis años y hasta que esta cumplió 15, cuando se dio cuenta de que "no estaba bien lo que hacía con el procesado".
En el escrito de acusación provisional, al que tuvo acceso Europa Press, el Ministerio Fiscal relata que el inculpado se fue a vivir en 1991 con su compañera sentimental, madre de tres hijos, a la localidad sevillana de Aznalcóllar, donde supuestamente comenzaron los abusos.
Así las cosas, cuando la víctima --hoy una joven de 23 años-- tenía seis o siete años, el procesado, "con la finalidad de satisfacer sus deseos sexuales", realizó "tocamientos" a la pequeña en fechas y número indeterminados. Todo ello, la víctima se lo tomaba "como un juego, no tomando conciencia de su significación, pues incluso el procesado le comentaba que lo que hacía era bueno para la relación con su madre".
Al hilo de ello, una vez que la pequeña cumplió los 13 años, el inculpado supuestamente continuó con los abusos "con aprovechamiento de la falta de criterio formado por la joven en el ámbito de su libertad sexual", hasta que la menor tenía 15 años, momento en el que llegó a penetrar a la joven.
El Ministerio Público mantiene que en el año 2001 la familia se trasladó a vivir a la localidad de Guadalajara, donde la víctima "fue tomando conciencia de que no estaba bien lo que hacía con el procesado, negándose a partir de entonces a acceder a lo que éste le solicitaba".
En el verano de 2004, la menor decidió irse a vivir con sus padres y denunciar los hechos en el mes de diciembre tras "superar el sentimiento de culpabilidad creado desde su infancia".
El fiscal considera que los hechos relatados son constitutivos de un delito de abuso sexual continuado, por el que pide tres años de cárcel; y otro delito de abuso sexual con acceso carnal, por el que solicita ocho años de prisión. Asimismo, el fiscal entiende que el acusado debe indemnizar a la víctima con 10.000 euros por el perjuicio moral ocasionado.