Los sindicatos pretendían que el Tribunal interpretara que el convenio de la Vid obligaba a las empresas a aplicar la previsión del 2 por ciento, que sobre el comportamiento del IPC había realizado el Gobierno en 2009, con independencia de que el incremento realmente pactado, es decir el equivalente al IPC real del año más el 0,6%, totalizara únicamente el 1,4 por ciento.
Finalmennte, el Tribunal Superior de Justicia ha dada la razón a Fedejerez al afirmar que “lo realmente pactado” en la previsión fue el IPC real y no la previsión gubernamental más el IPC real, basando su fallo en que la letra del convenio “es clara”, por lo que aplicar la pretensión de los sindicatos hubiera generado un incremento salarial superior en un 0,6% al realmente pactado.
Al mismo tiempo el Alto Tribunal manifiesta que en el citado año 2009 no se produjo por el Gobierno previsión oficial sobre el comportamiento de los precios, dando la razón en este sentido a la tesis de Fedejerez, que se basaba en una manifestación oficial del Secretario General de Presupuestos, del Ministerio de Economía y Hacienda, que en su momento había enviado al presidente de la Confederación de Empresarios de Cádiz, y que ha sido objeto de numerosos litigios en otros Tribunales Superiores de Justicia e incluso en el Tribunal Supremo con resultado diverso.
Con este fallo, en el seno de la Federación de Bodegas entienden que se pone punto final a una pretensión salarial “excesiva”, que no se compadece con el difícil momento que está experimentando la economía de las empresas
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