El problema, puntualiza, es que el Parlamento Andaluz no adopta las medidas necesarias, puesto que este tipo de quejas vienen prorrogándose durante años y “no se ha hecho nada”.
tema pendiente
Pese a que el Defensor del Pueblo es una Institución con Ley propia, Mariano Rodríguez manifiesta que en el capítulo segundo, artículos quinto y veinticuatro, se dispone que cuando el Defensor del Pueblo, en razón de las funciones propias de su cargo, tenga conocimiento de una conducta o hechos presumiblemente delictivos, deberá ponerlo en inmediato conocimiento del Ministerio Fiscal. “No lo hace, aunque se lo hemos requerido en multitud de ocasiones. Él sabrá por qué”, declara.
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