La modificación de 42 artículos de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), acordados con el Gobierno central y aprobados ayer miércoles en el Parlamento con los votos de PP y Vox y la abstención del PSOE, completa la planificación urbanística puesta en marcha por la Junta.
La Cámara autonómica convalidó el decreto que modifica la ley, incorporando así el acuerdo al que llegaron en verano la Junta y el Gobierno central y cerrando definitivamente el capítulo de dudas sobre su inconstitucionalidad, ya que el Estado planteó dudas sobre una posible invasión de competencias básicas.
Con el objetivo de evitar un recurso al Tribunal Constitucional, la Junta tuvo que modificar 42 artículos, que de esta forma han sido incorporados definitivamente a la ley, lo que permitió también aprobar un reglamento que desarrolla la norma.
La consejera de Fomento, Marifrán Carazo, ha celebrado que Andalucía cuenta "en un tiempo récord", en once meses, con una ley y un reglamento que contribuirán a "clarificar" el urbanismo andaluz y que serán "aliados" para impulsar el empleo y el desarrollo de las ciudades.
PP y Vox apoyaron la modificación de la LISTA, el PSOE se abstuvo y sólo los diputados de Por Andalucía y Adelante votaron en contra.
El Gobierno andaluz ha presumido de que Andalucía cuenta por primera vez con una ley urbanística y un reglamento desarrollados "al completo", a pesar del recurso que planteaba el Gobierno central.
Esa adaptación de la ley permitió que la Junta aprobara el nuevo reglamento que completa la revisión del marco normativo de ordenación del territorio y urbanismo para reducir la "maraña" normativa y el atasco urbanístico que, según el Ejecutivo, ha lastrado el desarrollo de los municipios andaluces.
Entre las principales novedades, el reglamento crea las Entidades Urbanísticas Certificadoras, un nuevo instrumento de colaboración público-privada para dar soporte a los ayuntamientos.
Además, se fijan los instrumentos de disciplina territorial, competencia de la comunicación autónoma, con los de disciplina urbanística, que corresponde al ámbito municipal y que se desarrollará en base al principio de colaboración.
También incorpora la figura del agente urbanizador como mecanismo de colaboración público-privada y de los instrumentos de gestión en el suelo urbano.
En cuanto al terreno rústico, da vía libre a la construcción de viviendas unifamiliares aisladas en suelo rústico y establece como requisitos que el terreno carezca de figura alguna de protección y que se cuente con una parcela de al menos 2,5 hectáreas (25.000 m2).
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