La Junta ayudará a ayuntamientos y empresas que faciliten la conciliación

Publicado: 10/03/2010
Las ayudas podrán llegar a los 45.000 euros
La Junta de Andalucía dará ayudas de hasta 45.000 euros para ayuntamientos, empresas y organizaciones sindicales que establezcan servicios que faciliten la conciliación de la vida familiar y laboral, esto es, la implantación de servicios complementarios de ludoteca y cuidado de menores en horarios no escolares y en vacaciones o la realización de actividades lúdicas, culturales y deportivas en horario no escolar y vacaciones.

Estas son algunas de las medias que se contemplan en la orden de bases reguladoras de las ayudas públicas destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, que apareció publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el pasado 8 de marzo, Día de la Mujer Trabajadora.

En ese sentido, el consejero de Empleo, Antonio Fernández, indicó a Europa Press que esta orden incluye una serie de programas donde "se aborda de forma integral y por primera vez en Andalucía la posibilidad de conciliar la vida familiar y laboral a partir de incentivar acciones que permitan la conciliación, y somos de las pocas comunidades en España en abordar ello de manera integrada".

De esta forma, la orden, consultada por Europa Press, está formada por una serie de programas, como un programa para favorecer la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de trabajadores y fomentar la creación de empleo; un programa para realizar estudios, acciones innovadoras y actividades de sensibilización en materia de igualdad de oportunidades; y un programa para financiar proyectos destinados a la creación de servicios que faciliten esa conciliación.

El primer programa pretende "promover la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo y remover los obstáculos que sobre el empleo pueden producir las responsabilidades derivadas del ámbito familiar o doméstico, mediante la concesión de incentivos dirigidos a favorecer la conciliación".

Dentro e este programa se incluyen incentivos a la contratación para sustituir a las trabajadoras con embarazo de riesgo y en los periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento de menores, donde la cuantía máxima del incentivo será de 1.600 euros para los contratos de sustitución a mujeres con embarazo de riesgo, para un máximo de ocho meses y una jornada de 40 horas semanales; de 800 euros para los que sustituyan a personas en permiso por maternidad, paternidad, adopción y acogimiento, para cuatro meses y una jornada de 40 horas semanales.

Habrá incentivos a la contratación, en régimen de interinidad, para sustituir a las trabajadoras acogidas a excedencia o reducción de la jornada de trabajo para el cuidado de hijos o de dependientes a su cargo, donde el periodo de excedencia o reducción de jornada no podrá ser inferior a cuatro meses ni superior a tres años y la cuantía máxima será de 1.600 euros cuando el contrato dure al menos un año, aunque podrá llegar hasta los 2.200 euros, cuando la persona que reduzca su jornada o se acoja a la excedencia sea un hombre.

Este programa contempla incentivos a la ampliación a jornada completa de contratos en régimen de interinidad a tiempo parcial, para cubrir el puesto de un trabajador en excedencia o reducción de jornada por cuidado de hijos o de personas dependientes a su cargo, donde la cuantía máxima será de 1.200 euros para un año y siempre que la ampliación lo sea de al menos 20 horas semanales.

Asimismo, también se contemplan incentivos a las primeras contrataciones de carácter indefinido, o transformaciones de contratos de cierta duración en indefinido, la cuantía máxima será de hasta 5.500 euros, cuando las contrataciones se formalicen con mujeres víctimas de violencia de género; hasta 5.000 euros, cuando las contrataciones se formalicen con mujeres, o en áreas territoriales preferentes para actuaciones integrales de empleo; y hasta 4.750 euros en el resto.

Serán beneficiarios de todos estos incentivos tanto personas que trabajen por cuenta propia, así como las personas jurídicas privadas, que cuenten con centro de trabajo en la Comunidad, cuando contraten a trabajadores por cuenta ajena o a socias o socias de cooperativas.

En ese sentido, serán objeto de subvención los contratos que se realicen con desempleados inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo, con al menos seis meses de antigüedad. Las contrataciones deberán ser formalizadas a través de Gescontrat@ o Contrat@, disponibles en la web 'www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdeempleo'.

En el caso de los incentivos para las trabajadoras autónomas que por maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo precisen de la contratación de una persona, el incentivo establecido consistirá en una cantidad destinada a sufragar los gastos derivados de los costes salariales y de Seguridad Social y en ese caso la cuantía máxima del incentivo será de 3.000 euros, para un periodo máximo de cuatro meses.

SERVICIOS PARA FACILITAR LA CONCILIACIÓN

Otro de los programas que forman parte de esta orden pretende financiar proyectos destinados a la creación de servicios que faciliten la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.

Establecen, por un lado, ayudas a las corporaciones locales para la ampliación de servicios municipales que faciliten la conciliación, como la ampliación de horarios de los centros socioeducativos municipales, mediante la implantación de servicios complementarios de ludoteca y cuidado de menores en horarios no escolares y vacaciones y la realización de actividades lúdicas, culturales y deportivas para menores de hasta 12 años en horarios no escolares y vacaciones.

La cuantía máxima de la ayuda se establecerá en función del número de menores, de forma que de diez a 50 menores la cuantía máxima será de 15.000 euros por proyecto; de 51 a 100 menores, será de 30.000 euros; y de 101 a 150 o más menores, la cuantía máxima será de 45.000 euros.

Además este programa contempla ayudas a entidades empleadoras y sindicatos para el establecimiento de servicios que faciliten la conciliación, de forma que serán subvencionables el mantenimiento de centros de atención socioeducativa para menores de tres años implantados en centros de trabajo y para servicio exclusivo de su personal y la realización de actividades para los hijos de su personal en horarios no escolares y periodos vacacionales.

En el caso de empresas que cuenten con centros de trabajo en una misma zona o edificio, y que individualmente no alcancen las 100 trabajadores, podrán agruparse para llevar a cabo estas actuaciones.

En este caso la cuantía máxima de la ayuda se establecerá en función de que el proyecto comprenda la realización de ambos o

sólo uno de los tipos de acciones subvencionables, de forma que para el mantenimiento de centros de atención socioeducativa, la cuantía máxima será de 10.000 euros por proyecto; para la realización de las actividades lúdicas será de 5.000 euros; y cuando sean ambas actuaciones será de 15.000 euros.

90.000 EUROS PARA ESTUDIOS Y ACTIVIDADES DE SENSIBILIZACIÓN

Otro de los programas contemplados en la orden incentiva la realiza la realización de estudios e investigaciones en materia de igualdad de oportunidades en el ámbito laboral, proyectos para la puesta en marcha de acciones innovadoras y proyectos para desarrollar acciones de difusión y sensibilización en materia de igualdad.

En este caso serán beneficiarios de esas medidas organizaciones sindicales y empresariales, entidades sin ánimo de lucro, empresas privadas y universidades andaluzas.

Los proyectos que se incentiven tendrán una duración máxima de un año y podrá concederse una ayuda de hasta el cien por cien de su coste, con una cuantía máxima de hasta 90.000 euros.




© Copyright 2024 Andalucía Información