Andalucía

La Fiscalía apoya el juicio con jurado en el caso de Marta

La Fiscalía de Sevilla no va a pedir que el caso por la muerte de Marta del Castillo se reconduzca como un sumario ordinario, según la nueva doctrina del Tribunal Supremo sobre las competencias de los jurados, aunque los abogados personados en la causa ven inevitable que el cambio se plantee.

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La Fiscalía de Sevilla no va a pedir que el caso por la muerte de Marta del Castillo se reconduzca como un sumario ordinario, según la nueva doctrina del Tribunal Supremo sobre las competencias de los jurados, aunque los abogados personados en la causa ven inevitable que el cambio se plantee.

La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, dijo ayer a Efe que la muerte y violación de Marta no encaja en los nuevos supuestos del Supremo porque "no está claro cual era el delito finalista de los acusados", ya que "nunca nos han hecho un relato de lo que ocurrió ni de lo que buscaban".

Sin embargo, otros fiscales sevillanos y la casi totalidad de los abogados personados en la causa dijeron a Efe que el caso Marta encaja en la nueva doctrina del Supremo basada en la intencionalidad del autor, según la cual si el objetivo principal era cometer un delito que no compete al jurado (en el caso Marta, una violación), el asunto debe ser juzgado, junto con los demás delitos conexos (en este caso, un asesinato), ante un tribunal profesional.

La Fiscalía ya ha pedido 52 años de cárcel para el asesino confeso de Marta, Miguel C. D, al que imputa dos presuntas violaciones (la cometida por él mismo y como cooperador de la realizada por el menor de edad Javier G. M), un asesinato y añade un delito contra la integridad moral de los padres de la víctima, por su "contumaz" negativa a desvelar dónde está el cadáver.

Las partes no van a tomar ninguna iniciativa, pero todas suponen que el problema será planteado por el juez de instrucción en las próximas semanas, cuando convoque a los cuatro acusados que son mayores de edad para la llamada audiencia preliminar, último paso antes de remitir el caso a un tribunal del jurado en la Audiencia provincial.

El abogado José María Calero, que ejerce la acusación en nombre de los padres de Marta, manifestó a Efe que el acuerdo del Supremo "es confuso, complejo y ambivalente", por lo que no se pronunciará sobre la competencia a menos que lo pida el juez que instruye el caso.

El letrado Manuel Caballero, que defiende a Samuel B. P, acusado de ayudar a ocultar el cadáver de la víctima, fue el único de los defensores que se posicionó junto a la fiscal jefe para que el caso siga bajo competencia de un jurado.

Según comentó a Efe, en este asunto "lo único que se sabe con certeza es que ha habido un homicidio", pero sobre la intencionalidad del asesino confeso "no sabemos nada porque ha cambiado muchas veces de versión", por lo que, a su juicio, es ese el debate que debería haber resuelto el TS.

José Manuel Carrión, abogado de Francisco Javier D. M, hermano mayor del asesino confeso, dijo que considera "evidente que el acuerdo del Supremo excluye de la competencia del Tribunal del Jurado" el caso Marta del Castillo, aunque precisó que de momento no va a pedir ningún cambio en el procedimiento.

Varios abogados destacaron que la competencia del tribunal profesional para el caso Marta "parece clara" según la nueva doctrina del Supremo, pues consideran evidente que Miguel y Javier mataron a la joven porque previamente la habían violado.

"Seguramente ni siquiera aquella tarde sabían la barbaridad que iban a cometer", dijo uno de ellos.

Pese a la posición de la fiscal jefe a favor del jurado, varios fiscales indicaron a Efe que el cambio de competencia "no es ninguna barbaridad, técnicamente hablando", y tampoco lo es que algunos de los delitos conexos pueden quedar fuera del juicio con jurado, en especial las amenazas proferidas por Francisco Javier contra el menor de edad para que no contara lo sucedido.

El abogado José Antonio Salazar, que defiende a la novia del hermano mayor del asesino confeso, cree que la nueva doctrina del Supremo obligará a juzgar por separado las amenazas y el delito contra la integridad moral, pues según el Supremo para que se aplique la conexión de delitos es preciso que hayan sido cometidos "para facilitar la comisión o la impunidad" del delito finalista del delincuente.

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