Más de 84.000 pacientes andaluces han solicitado en 2021 el acceso a su historia clínica del Servicio Andaluz de Salud (SAS), de las que han sido estimadas un 94%. Estas cifras van en consonancia con los datos de solicitudes previos a la pandemia de coronavirus, después de un 2020 donde cayeron un 25%, con 63.219 solicitudes.
El acceso a la historia de salud es un derecho que se reconoce a los titulares de la misma o por representación debidamente acreditada. Gracias a él, un paciente o sus familiares podrán obtener copia de los datos que figuran en ella, con las reservas que establece la Ley, según explica la Junta de nota de prensa.
Es posible acceder a parte del contenido registrado en la historia de salud electrónica, a través de ClicSalud+, o bien, en los centros sanitarios mediante un formulario habilitado para facilitar la solicitud de la información del contenido de la historia de salud, en los cuales se indica qué documentación adicional es necesaria presentar en cada caso.
También es posible presentar la solicitud en cualquier registro oficial o mediante el uso de la Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía, si bien, para mayor agilización del trámite, se aconseja presentar la solicitud en el centro sanitario donde se ha originado la historia clínica.
ClicSalud+ es el sitio web a través del que se ofrece el acceso a información de salud registrada en la historia clínica --informes, pruebas de imagen, medicación, vacunaciones, pruebas analíticas, etcétera--, además de facilitar información adicional y gestiones relacionadas con la asistencia sanitaria.
Para acceder a la información personal que se ofrece en ClicSalud+ es un requisito contar con un sistema que acredite la identidad de la persona --certificado digital, cl@ve o DNI electrónico-- y que utiliza la página de forma segura.
SOLICITAR ACCESO A LA HISTORIA EN CENTROS SANITARIOS
Es posible acceder al contenido de la historia de salud previa solicitud en los centros sanitarios que disponen de un formulario habilitado en el cual se indica qué documentación es necesaria adjuntar y que puede descargarlo en formato autocumplimentable en la web del SAS.
Es importante especificar en el mencionado formulario, la documentación que se solicita lo más detallada posible y, si es posible, las fechas y/o periodos de los informes o partes de historia que se quieren solicitar.
El plazo máximo establecido legalmente para resolver estas solicitudes es de un mes, a contar desde la recepción de esta, pudiendo prorrogarse otros dos meses dependiendo de la complejidad de la solicitud.
Pueden solicitar el acceso a la información las personas titulares de la historia de salud o por representación debidamente acreditada.
Esta representación puede otorgarse de forma voluntaria o ser ejercida en los supuestos legalmente establecidos: menores de 16 años no emancipados y personas incapacitadas judicialmente.
En caso de personas fallecidas, puede ser solicitado por personas vinculadas al fallecido por razones familiares, de hecho o sus herederos, salvo que el mismo lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite.
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