Andalucía

Los colegios andaluces pueden acortar el horario lectivo por olas de calor

Para adaptarse a una situación de altas temperaturas excepcionales y también permitir la salida del alumnado del centro a requerimiento de las familias

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  • Un aula de un colegio. -

Los colegios andaluces pueden flexibilizar o acortar el horario lectivo en casos de olas de calor para adaptarse a una situación de altas temperaturas excepcionales y también permitir la salida del alumnado del centro educativo a requerimiento de las familias.

Estas medidas se recogen en un protocolo general de la Consejería de Educación ante olas de calor o altas temperaturas excepcionales que, con carácter general, podrá activarse entre el 1 de junio y el 31 de julio, y del 1 al 30 de septiembre, sin perjuicio de que pueda hacerse en otras épocas si las condiciones meteorológicas de ola de calor o de altas temperaturas excepcionales así lo determinan.

Según fuentes de la Consejería de Educación, por ahora no les consta ninguna solicitud de centros educativos para acortar el horario lectivo, decisión que forma parte de la autonomía de los colegios, si bien han aclarado que en caso de que adopten esta medida tendrían que informar a la Delegación territorial y a la inspección.

En el supuesto de que las familias quieren recoger a sus hijos antes de finalizar el horario lectivo lo tienen que comunicar previamente al centro y no es necesario tener que informar a las Delegaciones o a la inspección.

Las provincias de Sevilla y de Córdoba llevan varios días esta semana en alerta naranja por calor con temperaturas máximas superiores a los 40 grados y, de hecho, padres del CEIP Mediterráneo de Córdoba han sacado este martes a sus hijos del centro minutos antes de la hora de recreo para protestar de forma "simbólica" por los problemas de climatización en las aulas cuando la capital cordobesa afronta temperaturas superiores a los 40 grados.

Según el protocolo de Educación, las faltas de asistencia del alumnado al centro docente podrán considerarse justificadas siempre que hayan sido comunicadas por la familia y para garantizar la debida evaluación del alumnado se permitirá la realización de las actividades lectivas previstas o de las pruebas que corresponda en el nuevo horario establecido.

La prestación de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y transporte escolar, en su caso, no deberá alterarse, debiendo mantenerse los horarios y las condiciones de prestación de los mismos.

En cuanto a las actividades complementarias y extraescolares, dado que se pueden desarrollar fuera de los espacios habituales del centro docente (visitas, excursiones, actividades culturales, recreativas o deportivas), se contempla la revisión de la programación y sus condiciones de realización "por si procediera aplazarlas o suprimirlas bajo el criterio de protección de todos los miembros de la comunidad educativa".

Con carácter general el protocolo recoge que debe evitarse la realización de las actividades en los espacios que resulten más calurosos, permitiendo el traslado del alumnado a otros espacios o instalaciones del centro docente que resulten más abiertos, frescos y sombreados para la realización de dichas actividades.

Asimismo, a criterio de los equipos directivos, podrá organizarse la realización de las distintas actividades dentro del horario lectivo que mejor se ajuste a estas circunstancias meteorológicas, evitando realizar tareas de mayor actividad física por parte del alumnado en las horas más calurosas del día y procurando que se hagan en espacios de sombra.

También se establece que en la realización de las actividades se prestará especial atención y cuidado al alumnado con necesidades educativas especiales, al alumnado con enfermedades crónicas o cuidados especiales y al alumnado de Educación Infantil.

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