La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ha acordado este viernes ratificar la orden relativa al certificado Covid o prueba diagnóstica para el acceso al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento.
Considera que la medida planteada por la Junta de Andalucía cumple con los requisitos de proporcionalidad, necesidad e idoneidad, según ha informado el TSJA en una nota de prensa. La medida estará vigente hasta el 15 de enero de 2022.
En el caso de la proporcionalidad, indica que cumple este requisito al ser los destinatarios de la medida las "personas usuarias" que decidan acudir a estos establecimientos.
Además, señala que es "necesaria e idónea" porque su objeto es "intentar reducir la tasa ascendente de contagios con la limitación del acceso a aquellos usuarios que poseen un mayor riesgo de transmisión".
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