El SAS indemnizará a los hijos de un hombre que falleció en Almería por metástasis después de que en su centro de salud se "ignorase durante diez meses el diagnóstico de melanoma", lo que provocó un "importante retraso" en el tratamiento de la enfermedad.
El Consejo Consultivo de Andalucía (CAA) indica en una dictamen, consultado por Europa Press, que en este caso "no existe la menor duda" de que hubo un "anormal funcionamiento" de la administración y de su influencia en la muerte, si bien matiza que resulta "difícil" estimar cuál hubiera sido "el periodo de sobrevivencia" del paciente si no se hubiese demorado la atención.
El órgano consultivo considera adecuadas las indemnizaciones de 10.837 euros que propuso el SAS para cada uno de los dos hijos del fallecido frente a la cuantía global de 200.000 euros reclamada, y remarca el "diagnóstico inicial de melanoma de alto índice de riesgo", la "agresividad evidenciada por la lesión" y las "características particulares del tumor".
Insta, no obstante, a la administración sanitaria a que se revise en su resolución el cálculo de la tasa de supervivencia que sitúa en el 31 por ciento para elevarlo al 69 por ciento para cifrar la "oportunidad de supervivencia que se vio frustrada".
Según recoge el dictamen, al paciente se le realizó una exérisis de verruga en el centro de salud el 23 de enero de 2013 y la muestra fue enviada a analizar al Hospital de Poniente, en El Ejido.
El resultado de la prueba se recibió telemáticamente y "estuvo disponible" para todos los médicos del centro de salud desde el 29 de enero, pero no fue "hasta el 18 de noviembre cuando su médico de familia consultó el resultado de la biopsia que hasta ese momento se desconocía que se hubiese practicado".
El diagnóstico hizo que fuese trasladado hasta la Unidad de Melanoma del Hospital de San Cecilio de Granada, donde inició el tratamiento. No obstante, según remarca el órgano consultivo, en mayo de 2014 se detectaron "alteraciones compatibles con metástasis" y el septiembre se produjo el fallecimiento.
La resolución subraya que el informe forense del Instituto de Medicina Legal (IML) de Almería destaca la existencia del retraso ya referido y subraya que hay que tener en cuenta que la "primera medida en el tratamiento del melanoma es el diagnóstico y tratamiento precoz, por lo que estaríamos ante una falta médica grave, ya que ha habido inatención e imprevisión evidentes".
"En el período antes mencionado el paciente acudió a consulta en dos ocasiones, sin que el facultativo que lo atendió se percatara de la existencia del informe en la aplicación informática, y ello pese a que en la historia clínica del paciente constara la práctica de la exéresis y la remisión de muestras a anatomía patológica", concluye.
El caso también se sustanció por la vía penal, si bien el juzgado absolvió a los facultativos acusados del delito de homicidio imprudente que se les imputaba al estimar que "dejando al margen la imposibilidad de revisar en el tiempo de atención de cada paciente la historia íntegra del mismo", la prueba practicada "no permitía establecer quién fue el facultativo que atendió al paciente en las consultas de 31 de mayo y 30 de septiembre de 2013".
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