Almería

Cinco años de cárcel para un patrón de patera "precaria"

Fue interceptada en septiembre de 2020 con 15 personas a bordo antes de hundirse en el mar de Alborán, frente a las costas de Almería

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  • Real Chancillería de Granada, sede del TSJA y de la Audiencia Provincial de Granada. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a cinco años de cárcel para el patrón de una patera que fue interceptada en septiembre de 2020 con 15 personas a bordo antes de hundirse en el mar de Alborán, frente a las costas de Almería.

El Alto Tribunal andaluz desestima el recurso de apelación del acusado y ratifica el fallo de la Audiencia Provincial que le considero autor de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros en todos sus extremos.

La sentencia, consultada por Europa Press, avala como prueba de cargo de la autoria de F.N. la testifical de uno de los agentes del Servicio Marítimo de la Guardia Civil que participó tanto en la interceptación como en la aprehensión una vez se dio a la fuga, quien sostuvo que pudo observar con "seguridad" a la persona que patroneaba la patera, visibilidad que mantuvo en varias ocasiones ya que la embarcación "se aproximó varias veces" a la patrullera.

Con respecto a la aplicación del subtipo agravado del delito por "poner el peligro" la vida de los ocupantes de la patera, todos de nacionalidad argelina, concluye que, aunque la Guardia Civil "moduló el contenido del atestado" y que la barca "no fue inspeccionada ocularmente", la travesía emprendida "sí supuso un riesgo para la integridad física e incluso para la vida de las personas" a bordo.

"Se trata de una embarcación de reducidas dimensiones, cinco metros de eslora por 1,5 metros de manga, ocupada por un total de 15 personas que, como se ve claramente en las fotografías tomadas e incorporadas al atestado, iban hacinadas y con escasa capacidad de movimiento y que llevó a cabo una travesía de 100 millas náuticas en horas nocturnas, gran parte de ellas en alta mar, sin que estuviera dotada de luces de navegación, disponibilidad de chalecos salvavidas, bengalas ni bomba de achique para salvar una eventual vía de agua", remarca.

El TSJA añade que, si bien, es "cierto que la embarcación pudo zozobrar debido al remolcado", el "hundimiento de la misma fue tanta facilidad que muestra una posibilidad nada remota de que hubiera podido escorar y zozobrar igualmente en alta mar ante un cambio desfavorable del estado de la misma".

Según recogen los hechos probados, ue sobre las 07,00 horas del día 22 de septiembre de 2020 se detectó por la patrullera Río Almanzora del Servicio Marítimo de la Guardia Civil de Almería, a unas 42 millas náuticas de las costas almerienses, una embarcación de fibra de vidrio con un motor fueraborda de 115 cv "en muy mal estado de conservación".

A bordo viajaban 15 personas, todas ellas nacionales de Argelia, que habían sido transportadas desde dicho país, a cambio de precio para su introducción en España al margen de la Ley.

Subraya que F.N., actuando en todo momento con pleno conocimiento de estar obrando contra lo establecido en la legislación española en materia de inmigración, y con la intención de enriquecerse de forma ilícita, se ocupó durante todo el viaje de la conducción de la embarcación.

La sentencia recoge, asimismo, que el acusado "en el momento en el que se percató de la presencia de la patrulla de la Guardia Civil y los agentes le dieron el alto", intentó "escapar realizando maniobras evasivas a bordo de la embarcación, iniciándose una breve persecución, que concluyó cuando el acusado comprobó que era imposible la huida y detuvo la patera, siendo entonces abordada por los agentes".

Destaca que en la embarcación se encontraban los bidones de gasolina para alimentar el motor, creando el sistema de repostaje un gran riesgo de incendio o deflagración y que la patera se hundió mientras era remolcada, por lo que "las vidas e integridad física de los viajeros que el acusado pretendía desembarcar en nuestro país se pusieron en concreto peligro".

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