Almería

Rebajan la pena al padre y su hijo por intentar matar a un hombre

Ha mantenido la condena impuesta a otro de los hijos a siete años y seis meses de cárcel

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  • El TSJA confirma la sentencia. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado las penas de prisión a un hombre y a uno de sus hijos por intentar matar a un hombre en julio de 2017 en el barrio de La Cañada, en la capital de Almería, pero ha mantenido la condena impuesta a otro de los hijos a siete años y seis meses de cárcel.

El Alto Tribunal estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la abogada de la defensa de los procesados y, aunque confirma en la sentencia hecha pública este viernes por el TSJA los seis años de prisión para los tres por un delito de homicidio en tentativa, absuelve a R.R.T. y a R.R.F. del delito de tenencia ilícita de armas.

Exime al padre, asimismo, del delito de daños por el que fue condenado en noviembre de 2020 por la Audiencia Provincial de Almería pero lo mantiene para los dos hijos, quienes deberán pagar una multa de diez meses a razón de seis euros al día por los desperfectos ocasionados al vehículo de la víctima.

Los hechos se remontan al 26 de julio de 2017 cuando los tres procesados, puestos de común, decidieron acabar con la vida de de otro hombre "con el que tenían diferencias por causas que no han quedado acreditadas", según recoge la sentencia de instancia.

Así, el padre y uno de sus hijos se se dirigieron en una furgoneta, propiedad de este último y conducida por G.R.F., al domicilio de la víctima en el barrio de La Cañada de esta capital y quien había dejado su vehículo estacionado momentáneamente con las ventanillas bajadas delante de su casa.

Una vez allí y cuando salía del portal, intentaron atropellarlo irrumpiendo bruscamente la furgoneta en la acera y arremetiendo contra el hombre, quien "intentó apartarse para esquivarlo, si bien fue golpeado por el vehículo y cayó al suelo, resultando lastimado en ambas piernas pese a lo cual se levantó por su propio pie y abandonó el lugar".

La furgoneta impactó finalmente contra la fachada del citado inmueble tras lo cual arrancó y se dirigió a una calle próxima donde se detuvo.

A los pocos minutos se presentó en el lugar el vehículo conducido por el otro hijo y acompañado de su hermano y, tras "coger una azada del maletero", se dirigió al turismo estacionado "golpeando repetidamente al mismo con la reseñada herramienta, causándole desperfectos en las lunas, espejos y en la chapa".

Según recoge el fallo, a continuación abandonaron el lugar, momento en el que la víctima se montó en su vehículo siendo perseguido por los dos hermanos procesados, mientras que la furgoneta conducida por el padre, que e estaba detenida en las inmediaciones, se puso en marcha y se dirigió de frente al turismo para cortarle el paso llegando a colisionar con éste.

El coche del denunciante "quedó atrapado entre los vehículos de los agresores" y, entonces, G.R.F, que portaba un revólver, realizó varios disparos que no llegaron a alcanzar la víctima, quien que salió agachado de su turismo.

Dos de los proyectiles, de la gama del 44 y unos diez milímetros de diámetro, impactaron en las fachadas de dos inmuebles mientras que una tercera bala, que no fue encontrada, ocasionó una erosión en la fachada de otro edificio.

El arma tipo revólver utilizada por los procesados, que carecían de licencia para la tenencia y uso de la misma, no pudo ser encontrada.

A resultas del inicial atropello, la víctima sufrió una contusión en tobillo y pie izquierdos sin afectación de la movilidad de la extremidad, y erosiones con costras en la cara externa del tercio superior de la pierna derecha, que tardaron en curar veinte días, tres de los cuales estuvo impedido para el desarrollo de sus ocupaciones habituales, sin secuelas.

Los daños ocasionados al vehículo han sido valorados pericialmente en 6.479,15 euros por los que deberá ser indemnizado, así como con 120 euros por las lesiones causadas.

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