Almería

6 años de prisión por asfixiar con un cojín a una amiga en Almería

Asimismo, deberá indemnizar a los hijos de la víctima, excepto a uno de ellos que renunció a esto, con 120.000 euros

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  • Juzgados de Almería. -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha impuesto una pena de seis años de prisión por homicidio a J. C. P. L., el hombre que asfixió hasta la muerte con un cojín a una amiga en la capital almeriense en el 2018.

Aunque debía ser un jurado popular el que enjuiciase al hombre, finalmente no llegó a constituirse debido a que la Fiscalía y la defensa del acusado llegaron a un acuerdo previo por el que este último reconoció los hechos y el fiscal rebajaba su petición incorporando sendas atenuantes.

De esta forma, el fallo dictado por conformidad, al que ha tenido acceso Efe, declara probado que J. C. P. L. Se encontraba entre las 21:30 horas del 6 de marzo de 2018 y las 03:30 horas del día siguiente en el domicilio de la víctima, de la que era "amigo, cliente y colaborador".

Dicho domicilio, según informó en su día la Policía Nacional, era utilizado como punto de venta de droga.

Así, se inició una pelea entre ambos en la que, tras golpear a la mujer y con "intención de acabar con la vida" de ésta, cogió un cojín, poniéndoselo sobre la cara, asfixiándola.

La causa de la muerte de la víctima fue anoxia anóxica secundaria a asfixia mecánica por sofocación debida a la oclusión extrínseca de las vías respiratorias.

El fallo señala que el acusado padece una dependencia a múltiples drogas o sustancias psicotrópicas que, de forma general. "pueden producir una alteración de las facultades intelectivas y/o volitivas si bien no puede objetivarse una alteración de las facultades en el momento de los hechos".

Por ello, ha sido condenado a seis años de prisión por un delito de homicidio, en el que concurre la agravante de obrar con abuso de confianza y las atenuantes analógicas de haber actuado bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras, y de reconocimiento tardío de los hechos.

Asimismo, deberá indemnizar a los hijos de la víctima, excepto a uno de ellos que renunció a esto, con 120.000 euros. 

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