El Ayuntamiento de Almería tendrá que indemnizar a una vecina de la capital que en marzo de 2016 cayó al suelo y se lesionó a consecuencia del mal estado en el que se encontraba la acera ubicada frente a la parroquia San Ignacio de Loyola en Piedras Redondas, ya que presentaba un desnivel de unos 20 centímetros, estaba resbaladiza por el desgaste del material y contaba con algunos desperfectos en el enlosado.
Así lo indica el dictamen emitido por el Consejo Consultivo de Andalucía (CCA), consultado por Europa Press, en el que, a tenor de las pruebas aportadas da por cierto que la rampa presentaba en el momento del accidente "una fuerte pendiente y un estado resbaladizo".
"Puede sostenerse que la fuerte pendiente existente en un acera estrecha que no permitía el paso por otro sitio operó como causa determinante del daño", apunta el órgano andaluz, para el que resulta "razonable" que el Ayuntamiento de Almería indemnice a la reclamante, quien pide 19.989,33 euros a tenor de las lesiones por las que estuvo de baja cuatro meses y 15 días.
El informe pericial aportado por la interesada apunta la existencia de un desnivel en la acera de un 32,5 por ciento frente al ocho por ciento máximo permitido, toda vez que en la parte alta de dicho desnivel la losa del pavimento se encontraba rota.
Asimismo, la reclamante sostiene que el acerado en la zona "no ha sido mantenido de forma adecuada durante el paso de los años", al tiempo que tampoco presentaba una textura distinta para advertir del desnivel a los viandantes.
Ante esto, la Policía Local corroboró mediante un informe de inspección que el suelo de la acera se encontraba "resbaladizo" por el desgaste del material, así como otros desperfectos, entre ellos "una losa partida con un pequeño hueco de unos 12 centímetros de largo, unos siete centímetros de ancho y unos dos centímetros de profundidad aproximadamente".
"El Ayuntamiento consultante no pone en duda que la caída se produjo en el lugar y en la fecha indicados en la reclamación", añade el dictamen, en el que se especifica que el desnivel existente en la acera se debe a que existió un vado hasta el año 2015 que después se suprimió, aunque dicho desnivel "continuó hasta bastante tiempo de después de la caída de la reclamante".
De las fotografías obrantes en el expediente se desprende que el diseño del vado afecta al itinerario peatonal y que no se empleó un pavimento distinto o con contraste cromático, a la vez que presentaba deficiencias.
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